Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de PontevedraExpediente: 2024/ABS/000007Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de coordinación en materia de seguridad y salud, y prevención de riesgos laborales, en las obras de titularidad municipal desarrolladas por la OTAP.
Información sobre la licitación Servicio de coordinación en materia de seguridad y salud, y prevención de riesgos laborales, en las obras de titularidad municipal desarrolladas por la OTAP de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pontevedra. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pontevedra, del CPV 71317200 o en Pontevedra.
Organismo contratante
Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pontevedra
NIF: P3603800H
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Pontevedra
- Código NUTS
- ES114
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 49.982,64 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 60.479,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 49.982,64 €
- Baja
- 0 %
- Ofertas recibidas
- 10 (8 de PYMEs)
- Fecha de adjudicación
- 21/04/2025
- Formalización del contrato
- 15/05/2025
Documentos
- PCAPPCAP OTAP.pdfAbrir original
- PPTppt.pdfAbrir original
- ExpedienteInforme técnicoAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- Expedienteinforme técnico 2Abrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
Máximo 3 prórrogas de 1 año cada una
Criterios de adjudicación
- Porcentaje de baja ofertada(Automático)Ponderación: 50
- Incremento de la garantía del seguro de responsabilidad civil(Automático)Ponderación: 15
- Redacción de Estudios o Estudios Básicos de Seguridad y Salud(Automático)Ponderación: 15
- Coordinación de actividades empresariales(Automático)Ponderación: 10
- Formación específica en prevención de riesgos laborales PRL del técnico/s(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- Según lo establecido en el artículo 87.3.a) de la LCSP, se acreditará mediante el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato (37.486,98 €, sin incluir IVA), al ser su duración superior a un año. Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- Conforme a lo dispuesto en el artículo 90 de la LCSP, los licitadores deberán acreditar que poseen la titulación preceptiva, esto es: - Obras de edificación incluidas en el art. 2.1 a) de la Ley 38/1999: arquitecto; arquitecto técnico; o titulaciones equivalentes a las anteriores. - Restantes obras de edificación e ingeniería civil, tales como obras de urbanización completa, o parcial (abastecimiento de agua, saneamiento, pavimentación, viario, iluminación, jardinería, etc.) y sus edificaciones auxiliares; edificaciones sociales, deportivas, dotacionales en general: arquitecto; arquitecto técnico; ingeniero de caminos canales y puertos; ingeniero técnico de obras públicas. Asimismo, habrá de acreditarse una experiencia profesional de al menos un año, justificada mediante las certificaciones, facturas o documentos suficientes al efecto, nos que se ponga de manifiesto el ejercicio de las funciones de coordinación y seguridad por lo menos durante tal tiempo, sea independientemente sea por asumirse con la dirección facultativa o de ejecución de la obra (deberá hacerse constar expresamente, y justificarse, estos últimos extremos). De tratarse de empresas, deberán acreditar la adscripción del contrato de al menos un profesional o profesionales que cumplan las condiciones expuestas. Asimismo, y según lo establecido en el mismo artículo 90.2 de la LCSP, se aportará relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato (17.493,92 €, sin incluir IVA); salvo en los casos de empresas de nueva creación, cuya solvencia se acreditará según lo dispuesto en el párrafo anterior (art. 90.4 LCSP).
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 71317200
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