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Alcaldía del Ayuntamiento de JalanceExpediente: 608/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contratación de un servicio de gestoría y asesoría laboral para el Ayuntamiento de Jalance incluida Residencia Personas Mayores Dependientes San Blas.

Información sobre la licitación Contratación de un servicio de gestoría y asesoría laboral para el Ayuntamiento de Jalance incluida Residencia Personas Mayores Dependientes San Blas de Alcaldía del Ayuntamiento de Jalance. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Jalance, del CPV 79200000 o en Valencia/València.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Jalance

NIF: P4614400B

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Valencia/València
Código NUTS
ES523

Adjudicación

Adjudicado

IDEFIX AVIS, S.L.B88215371
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
18.206,88 €
Importe adjudicado (con IVA)
22.030,33 €
Presupuesto base (sin IVA)
40.856,09 €
Baja
55,44 %
Ofertas recibidas
13 (12 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
18.206,88 € – 39.030,89 €
Fecha de adjudicación
07/01/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Dos años El contrato podrá prorrogarse podrá prorrogarse DURANTE DOS AÑOS: año 2027 y 2028. El plazo podrá prorrogarse, siempre que las características permanezcan inalterables, por una sola vez por otro período máximo de DOS AÑOS de forma expresa, por acuerdo entre las partes suscrito con una anterioridad de tres meses a la fecha de finalización del contrato.

Criterios de adjudicación

  • Precio(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • Clausula 8.2 2.1. La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será volumen anual de negocios del licitador, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario, y de presentación de ofertas, por importe mínimo de, al menos, una vez y media el valor a la suma del valor anual medio del contrato. En este supuesto el valor medio del contrato ejercicio 2026 se considera: veinte mil ciento cuarenta y seis euros.-20.146,00€.- por tanto el importe mínimo a acreditar será un volumen superior a treinta mil doscientos diecinueve euros.-30.219,00€ Subsidiariamente, si por razones justificadas documentalmente el empresario no pudiera presentar la documentación acreditativa que se indica en el párrafo anterior, podrá acreditar su solvencia económica y financiera en base a la ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales. Dicha ratio será igual o superior a 1. Acreditación: El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En caso de que el contrato no esté sujeto a regulación armonizada, podrá acreditarse mediante certificación bancaria que avale esta solvencia.. También podrá ser acreditado, mediante la cifra “Importe neto de la cifra de negocios” que conste en el Modelo 200 “Impuesto sobre sociedades”. También podrá acreditarse por el volumen de facturación declarado en el Modelo 390 IVA Declaración resumen anual. Todo ello referido al mejor ejercicio de los tres últimos disponibles. También podrá acreditarse mediante certificación bancaria, póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales, cuentas anuales y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. Inscripción ROLECE a tenor de lo en él reflejado.

Solvencia técnica o profesional

  • Clausula 8.2.2. El criterio para la acreditación de la solvencia técnica será la experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los efectuados por el licitador en el curso de los tres últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, sea igual o superior al 70% del valor anual medio estimado del contrato. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá al código CPV (tres primeros dígitos). La acreditación de que el licitador cuenta con experiencia demostrable en la ejecución de contratos similares es muestra de su nivel de solvencia profesional. En este supuesto el valor medio del contrato ejercicio 2026 se considera: veinte mil ciento cuarenta y seis euros.-20.146,00€.- por lo que el importe mínimo a acreditar será un volumen superior a: catorce mil ciento dos euros con veinte céntimos.-14.102,20€ En caso de empresas de nueva creación, entendiendo por tales las que tengan una antigüedad inferior a cinco años, la solvencia técnica se acreditará mediante títulos académicos y profesionales de los responsables de la ejecución del contrato, acordes con el objeto de éste. Se han escogido estos criterios por considerarlos apropiados para conocer tanto la actividad previa de las empresas en el ámbito concreto a que se refiere el objeto contractual, como la adecuación de los productos concretos a los requisitos del pliego de prescripciones técnicas, razones por las que se consideran proporcionales y vinculados al objeto del contrato.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 79200000
  • 79211110
  • 79222000

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