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Gerencia de Zaragoza Deporte Municipal S.A.U.(Medio Propio)Expediente: PATR01-2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Transmisión onerosa mediante constitución del derecho real de superficie de una parcela sita en el sector 89/4, Valdespartera, ED (PV) 89.78, propiedad del Ayuntamiento de Zaragoza, destinada a la promoción, construcción, explotación y gestión de un Centro Deportivo Municipal.

Información sobre la licitación Transmisión onerosa mediante constitución del derecho real de superficie de una parcela sita en el sector 89/4, Valdespartera, ED (PV) 89.78, propiedad del Ayuntamiento de Zaragoza, destinada a la promoción, construcción, explotación y gestión de un Centro Deportivo Municipal de Gerencia de Zaragoza Deporte Municipal S.A.U.(Medio Propio). Puedes consultar otras licitaciones de Gerencia de Zaragoza Deporte Municipal S.A.U.(Medio Propio), del CPV 92610000 o en Zaragoza.

Organismo contratante

Gerencia de Zaragoza Deporte Municipal S.A.U.(Medio Propio)

NIF: A50381433

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Patrimonial
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Zaragoza
Código NUTS
ES243

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
2.000.000,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
2.420.000,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
1.830.579,15 €
Baja
-9,26 %
Ofertas recibidas
3 (3 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
14/03/2025
Formalización del contrato
03/04/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 75 años

Criterios de adjudicación

  • Calidad del Anteproyecto. Ver Cláusula 11.1.1 de las Bases Técnico-Administrativas(Juicio de valor)Ponderación: 25
  • Por la oferta económica de reducir la aportación municipal(Automático)Ponderación: 10
  • Por la oferta al alza de mejora de las condiciones económicas del precio mínimo de licitación del derecho de superficie(Automático)Ponderación: 10
  • Por la mayor superficie construida cerrada(Automático)Ponderación: 10
  • Plan de viabilidad económica y financiera. Ver Cláusula 11.1.3 de las Bases Técnico-Administrativas(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • Por el menor precio de la tarifa mensual global adulto(Automático)Ponderación: 5
  • Por el menor precio de la tarifa mensual global familiar (sin límite miembros hasta 18 años)(Automático)Ponderación: 5
  • Plan de Explotación y Gestión. Ver Cláusula 11.1.2 de las Bases Técnico-Administrativas(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • Por el máximo descuento en la tarifa de vulnerables(Automático)Ponderación: 5
  • Por la reducción del plazo máximo de puesta en servicio(Automático)Ponderación: 5
  • Plan de Mantenimiento. Ver Cláusula 11.1.4 de las Bases Técnico-Administrativas(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • Por la mayor reducción del Plazo del Derecho de Superficie(Automático)Ponderación: 5
  • Por la menor indexación de la revisión anual de las tarifas en base al IPC(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • Para acreditar su solvencia económica y financiera, los licitadores deberán presentar declaración responsable de que cuentan con solvencia financiera suficiente a fin de hacer efectivo el cumplimiento de todas las obligaciones económicas derivadas del contrato. Deberán así mismo acreditar la existencia de liquidez suficiente para hacer frente al importe total del precio ofertado con la cantidad correspondiente al IVA del precio total de licitación por el derecho de superficie a constituir, así como para hacer frente al importe (IVA incluido) de la construcción de las instalaciones deportivas, ello a través de fondos propios o ajenos. Ver Cláusula 10.1 de las Bases Técnico-Administrativas.

Solvencia técnica o profesional

  • Declaración responsable de que cuentan con la experiencia necesaria para la realización del objeto del contrato, entendiéndose por tal haber gestionado al menos un Centro Deportivo de características similares al programa constructivo de referencia básico durante un periodo mínimo de cinco años. Acreditación Anexo XI. Ver Cláusula 10.1 de las Bases Técnico-Administrativas.
  • Los licitadores deberán acreditar que el equipo técnico del que disponen, bien por sí o por medios ajenos, ha ejecutado Centros Deportivos de características similares al programa constructivo de referencia básico. Acreditación Anexo XI. Ver Cláusula 10.1 de las Bases Técnico-Administrativas.
  • Para acreditar la capacidad de gestión del derecho de superficie por parte de los licitadores se deberán presentar estatutos sociales en los que se incluya como objeto social la gestión o explotación de Centros Deportivos, o acuerdo adoptado por sus órganos de gobierno referente al compromiso de incorporación de este fin como parte del objeto social. Ver Cláusula 10.1 de las Bases Técnico-Administrativas.

Garantías

  • Provisional: 3 %
  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Capacidad de obrar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 92610000

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