Saltar al contenido

Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de MadridExpediente: 300/2024/00653Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Asesoramiento integral a entidades y colectivos ciudadanos de la ciudad de Madrid

Información sobre la licitación Asesoramiento integral a entidades y colectivos ciudadanos de la ciudad de Madrid de Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid. Puedes consultar otras licitaciones de Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid, del CPV 79000000 o en Madrid.

Organismo contratante

Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid

NIF: P2807900B

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
93.518,06 €
Importe adjudicado (con IVA)
113.156,85 €
Presupuesto base (sin IVA)
128.106,93 €
Baja
27 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
93.518,06 €
Fecha de adjudicación
27/02/2025
Formalización del contrato
31/03/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 30 meses

Criterios de adjudicación

  • Experiencia profesional y formación(Automático)Ponderación: 51
  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 35
  • Mejoras(Automático)Ponderación: 14

Solvencia económica y financiera

  • Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se exige un volumen anual de negocios por importe mínimo de 70.000 euros referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos (2021, 2022 y 2023). La acreditación documental se efectuará mediante declaración responsable firmada electrónicamente por el representante legal de la entidad referida al año de mayor volumen de negocios. A su vez, en relación con las empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, se estima oportuno tomar en consideración lo previsto en el artículo 86.1 párrafo 3º de la LCSP, por el cual : “Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.” De esta manera, si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad corresponderá a la mesa de contratación valorar las circunstancias objetivas concurrentes que le impiden acreditar su solvencia económica como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica.

Solvencia técnica o profesional

  • Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Los licitadores deberán acreditar haber realizado trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en cualquiera de los tres últimos años contabilizados a partir de la fecha de finalización de plazo de presentación de ofertas por un importe igual o superior a 70.000 euros. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, la entidad propuesta como adjudicataria acreditará los servicios o trabajos efectuados mediante certificados en los que se indiquen el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos. Si se trata de servicios prestados a una entidad del sector público se acreditarán mediante certificados expedidos por los organismos públicos correspondientes. Si el destinatario es un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante declaración del empresario en la que se determinen las causas de por qué no se han podido prestar esos certificados, acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación de dichos servicios y/o trabajos. Se estimará que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato cuando exista coincidencia entre el objeto contractual correspondiente a dicho trabajo o servicio y/o los tres primeros dígitos de la CPV. Se establece la correspondencia de los tres primeros dígitos pues podría resultar contrario al principio de proporcionalidad exigir que solo pueda acreditarse la solvencia técnica mediante la aportación de servicios prestados en contratos que reúnan todos los dígitos del CPV, ya que ello conllevaría no admitir trabajos de similar naturaleza. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: La acreditación se realizará mediante la presentación de una declaración responsable firmada electrónicamente por el representante legal de la entidad, siendo el requisito mínimo contar con una plantilla media anual de 7 trabajadores, al menos 2 con titulación superior, y 1 directivo con titulación superior, durante los tres últimos años o desde la constitución de la empresa si fuera posterior.
  • Las entidades licitadoras se comprometen a la adscripción de los medios personales y materiales requeridos en el apartado 4.1 y 4.2 del PPT.

Garantías

  • Definitiva: 5 %
  • Especial: 1 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Capacidad de obrar
  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Códigos CPV

  • 79000000
  • 79140000

Cargando datos del organismo…

Cargando licitaciones relacionadas…

Cargando adjudicaciones similares…

Usamos cookies técnicas para la sesión y guardamos su elección durante 180 días. El pago puede usar cookies del proveedor. Consulta la política de cookies y la política de privacidad.

Asesoramiento integral a entidades y colectivos ciudadanos de la ciudad de Madrid | Contratica