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Alcaldía del Ayuntamiento de BaenaExpediente: SUM-09/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro instalación y mantenimiento de un sistema de videocámaras para gestión y control de tráfico en Baena

Información sobre la licitación Suministro instalación y mantenimiento de un sistema de videocámaras para gestión y control de tráfico en Baena de Alcaldía del Ayuntamiento de Baena. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Baena, del CPV 34970000 o en Córdoba.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Baena

NIF: P1400700I

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Córdoba
Código NUTS
ES613

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
17.185,51 €
Importe adjudicado (con IVA)
20.794,47 €
Presupuesto base (sin IVA)
65.092,52 €
Baja
73,6 %
Ofertas recibidas
4 (4 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
11/12/2024
Formalización del contrato
20/01/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 20
  • Sustitución de las cámaras de gestión de tráfico por cámaras de visión nocturna a color(Automático)Ponderación: 10
  • Plazo de ejecución de la inversión(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • Póliza o compromiso vinculante de suscripción del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo previamente a la adjudicación del correspondiente contrato. No obstante, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se adjunta en el Anexo 1
  • Presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el licitador estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrita. Los/las licitadores/as individuales, no inscritos en el Registro Mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios legalizados, certificados de las declaraciones del I.R.P.F., o certificados de las declaraciones del IVA. Para las empresas de nueva creación se estará a lo indicado en el párrafo tercero del art. 86.1 que dispone que “cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado”. En este caso, el supuesto de empresas de nueva creación que carezcan de los medios de acreditación anteriormente referidos, deberán aportar declaración censal de comienzo de actividad, así como, un informe emitido por una institución financiera que acredite la solvencia económica de la empresa. Deberá constar expresamente que, el banco o entidad financiera que emite el informe conoce las condiciones del contrato y considera solvente a la empresa para responder de las obligaciones económicas derivadas del mismo. No obstante, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se adjunta en el Anexo 1

Solvencia técnica o profesional

  • La SOLVENCIA TÉCNICA se acreditará mediante relación de los principales suministros o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. En el supuesto de empresa de nueva creación mediante los medios que establece la LCSP. La acreditación de la solvencia será requerida al licitador que resulte propuesto para la adjudicación, no debiendo presentar hasta ese momento documentación alguna.

Requisitos específicos

  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Capacidad de obrar
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 34970000
  • 45316210
  • 34923000
  • 32333200

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