Distrito de Puente de VallecasExpediente: 300/2024/00511Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato de servicios para la organización y desarrollo de las actividades socioculturales del carnaval del Distrito Puente de Vallecas para los años 2025 y 2026.
Información sobre la licitación Contrato de servicios para la organización y desarrollo de las actividades socioculturales del carnaval del Distrito Puente de Vallecas para los años 2025 y 2026 de Distrito de Puente de Vallecas. Puedes consultar otras licitaciones de Distrito de Puente de Vallecas, del CPV 92000000 o en Madrid.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Madrid
- Código NUTS
- ES300
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 43.125,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 52.181,25 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 49.951,88 €
- Baja
- 13,67 %
- Ofertas recibidas
- 3 (3 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 43.125,00 € – 49.900,00 €
- Fecha de adjudicación
- 29/11/2024
- Formalización del contrato
- 17/12/2024
Documentos
- PCAPPCAP 511 CA.pdfAbrir original
- PPTPPT 511 CA.pdfAbrir original
- ExpedienteActa Mesa apertura requerimiento subsanaciónAbrir original
- ExpedienteInforme propuesta de adjudicaciónAbrir original
- ExpedienteActa Mesa apertura sobre únicoAbrir original
- ExpedienteActa Mesa Contratación calificación documentación requisitos previosAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteEstudio económicoAbrir original
- ExpedienteActa Mesa Requerimiento subsanación y propuesta adjudicaciónAbrir original
- ExpedienteActa Mesa calificación documentación requisitos previosAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
Duración: Se establece una posibilidad de prórroga por un máximo de 2 AÑOS, no pudiendo exceder el plazo inicialmente establecido, siempre que se preavise con al menos dos meses de antelación a la finalización del contrato, y será de obligado cumplimiento por el contratista, según lo dispuesto en el artículo 29.2 de la LCSP.
SI Procede, se establecerá de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 LCSP
Criterios de adjudicación
- 18.A Mejora del número de grupos de animación musical para el desfile, (charangas, batucadas, bandas de música, grupos de folk, etc.) adicionales a lo establecido en el punto 4 del PPT, sin coste económico para el distrito. Hasta 40 puntos.(Automático)Ponderación: 40
- 18.B Mejora de una actividad de animación de calle para el desfile, (pasacalles, infantiles, malabares, circenses, etc.) adicional a las establecidas como obligatorias en el punto 4 del PPT (dos como mínimo), para todos y cada uno de los años de ejecución del contrato, sin coste económico para el Distrito. 20 puntos.(Automático)Ponderación: 20
- 18.E Mejor oferta económica. Hasta 20 puntos(Automático)Ponderación: 20
- 18.C Mejora de 500 chocolates con churros, adicionales a los establecidas en el punto 4 del PPT para todos y cada uno de los años de ejecución del contrato, sin coste económico para el Distrito. 10 puntos.(Automático)Ponderación: 10
- 18.D Mejora de 3 coordinadores para la organización y desarrollo del desfile de Carnaval, adicionales a lo establecido en el punto 4 del PPT (para todos y cada uno de los años de ejecución de contrato), sin coste económico para el Distrito. 10 puntos.(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Art. 87.1 - a) de la LCSP: volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se considerará acreditada por aquellas empresas que declaren una cifra de negocios, mediante la presentación de un certificado o declaración responsable del licitador, por un importe anual, igual o superior 37.463,91 euros, al menos en un ejercicio, dentro de los 3 últimos ejercicios concluidos. En todo caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 87.2 de la LCSP, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario.
Solvencia técnica o profesional
- Artículo 90.1 letra a: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se considerará acreditada cuando la empresa presente una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años considerando, a los efectos de su computo la fecha final de presentación de ofertas, en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, acompañando los oportunos certificados en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, habiendo ejecutado durante el año de mayor ejecución un importe mínimo de 17.483,15 euros conforme al artículo 90.2 LCSP (70 % anualidad media del contrato). A los efectos de considerar un servicio de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de la CPV. Cuando será requerido por el órgano de contratación, los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación, en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
- Sólo para aquellas entidades y empresas de nueva creación (antigüedad inferior a 5 años deberá acreditarse dicha solvencia en base al apartado h): Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Las empresas de nueva creación aportarán una declaración responsable indicando que aportarán, como requisito mínimo, el siguiente material de apoyo específico para el desarrollo de las actividades musicales y conciertos : a) Aportación de 1 equipo de sonido e iluminación, con las siguientes características PA de al menos 6.000 W/sonido, al menos 4 monitores de 150 W/monitor 1 set de microfonía, suficientes para la sonorización de los grupos, con sus respectivas cajas de inyección, mesa de mezclas de 18 o más canales con subgrupos y envíos independientes, etapa de potencia acorde con la PA y los monitores y puente o soporte (trhus) de luces para al menos 18 focos, con 2 técnicos para su manejo. Este equipo de sonido e iluminación se utilizará para las dos actividades musicales establecidas en el PPT B) Aportación de los instrumentos musicales necesarios para dar cobertura a una banda de pop-rock o actuación musical que se defina, incluida batería, platillos, guitarra, tambor o cualquier otro que se precise para el desarrollo adecuado de, al menos, un concierto. Este equipo será aportado por la empresa de distribución musical que gestiona la subcontratación de bandas o grupos musicales si así fuera, por no disponer de suministro directo.” Régimen de responsabilidad en caso de integración de solvencia económica o financiera con medios externos: En atención a la naturaleza del contrato, cuando un licitador recurra a las capacidades de otras entidades para la acreditación de la solvencia, dichas entidades serán solidariamente responsables de la ejecución del contrato.
Requisitos específicos
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Declaración sobre personas con discapacidad
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
- No estar incurso en incompatibilidades
Códigos CPV
- 92000000
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