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Pleno del Ayuntamiento de BielsaExpediente: 2024_1284954J bisComprobada en la Plataforma de Contratación:

Construir la estación depuradora de aguas residuales (E.D.A.R.) de Javierre, T.M. de Bielsa (Huesca)

Información sobre la licitación Construir la estación depuradora de aguas residuales (E.D.A.R.) de Javierre, T.M. de Bielsa (Huesca) de Pleno del Ayuntamiento de Bielsa. Puedes consultar otras licitaciones de Pleno del Ayuntamiento de Bielsa, del CPV 45252100 o en Huesca.

Organismo contratante

Pleno del Ayuntamiento de Bielsa

NIF: P2207900H

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Huesca
Código NUTS
ES241

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
111.061,82 €
Importe adjudicado (con IVA)
134.384,80 €
Presupuesto base (sin IVA)
112.056,82 €
Baja
0,89 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
111.061,82 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 3 meses

Criterios de adjudicación

  • PRECIO(Automático)Ponderación: 60
  • PUESTA EN MARCHA Y FUNCIONAMIENTO(Automático)Ponderación: 24
  • AMPLIAR PLAZO DE GARANTÍA(Automático)Ponderación: 16

Solvencia económica y financiera

  • La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno de los siguientes medios, conforme al artículo 87 de la LCSP Volumen anual de negocios del licitador o candidato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato. Seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior a 200.000,00 €
  • La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno de los siguientes medios, conforme al artículo 87 de la LCSP Volumen anual de negocios del licitador o candidato. Seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior a 200.000,00 €

Solvencia técnica o profesional

  • La solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada conforme al art 88 de la LCSP: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución. Clausula octava, 2.2 del PCAP

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 45252100

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