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Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de MadridExpediente: 300/2024/00490Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio de realización de reportajes audiovisuales promovidos por la Dirección General de Comunicación, en el ámbito de la política informativa del Ayuntamiento de Madrid.

Información sobre la licitación Servicio de realización de reportajes audiovisuales promovidos por la Dirección General de Comunicación, en el ámbito de la política informativa del Ayuntamiento de Madrid de Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid. Puedes consultar otras licitaciones de Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid, del CPV 92111000 o en Madrid.

Organismo contratante

Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid

NIF: P2807900B

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Adjudicación

Formalizado

Quezam Video, S.L.B82853557
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
59.764,98 €
Importe adjudicado (con IVA)
72.315,63 €
Presupuesto base (sin IVA)
59.764,98 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
3 (3 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
16/12/2024
Formalización del contrato
20/01/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 12 meses

Se prevén dos posibles prórrogas, cada una de ellas por un periodo máximo de 12 meses.

Criterios de adjudicación

  • Mejor descuento sobre los precios unitarios(Automático)Ponderación: 35
  • Metodología empleada para el trabajo(Juicio de valor)Ponderación: 29
  • Capacidad comunicativa y emotiva de los videos presentados, así como la originalidad de las tomas, la diferenciación e innovación, la elección del momento decisivo, y la calidad e interés de los encuadres(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • Calidad de los videos presentados: se valorará que no contengan aberraciones cromáticas ni de ningún otro tipo y que las imágenes estén correctamente expuestas y con los niveles básicos ajustados: brillo y contraste, color, etc,(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • Mejora en el envío de los videos de coberturas de prensa con las declaraciones de la autoridad municipal del acto, sobre el máximo exigido en la cláusula segunda del PPT(Automático)Ponderación: 8
  • Mejoras en la capacidad de respuesta de la empresa ante la celebración de un acto sobre el mínimo exigido en la cláusula segunda del PPT(Automático)Ponderación: 8

Solvencia económica y financiera

  • Artículo 87.1 Apartado: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Haber alcanzado en cualquiera de los tres últimos años concluidos un volumen de negocio de al menos, el presupuesto base de Licitación del contrato 59.764,98 €, IVA excluido. Medio de Acreditación: Declaración suscrita por el representante legal de la empresa relativa a la cifra de negocios de cualquiera de los 3 últimos años concluidos (2021, 2022, 2023) en el que se haya alcanzado el volumen de negocio referido (59.764,98 €, IVA excluido).

Solvencia técnica o profesional

  • Artículo 90.1 letra/s: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años naturales desde la fecha final del plazo de la presentación de ofertas, de igual o similar naturaleza de los que constituyen el objeto del contrato cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 59.764,98 €, IVA excluido. Medio de acreditación: Presentación de una relación firmada por el representante legal de la empresa de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años naturales desde la fecha final del plazo de la presentación de ofertas en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se acude a los tres primeros dígitos CPV. Cuando le sea requerido por los servicios del órgano de contratación, la acreditación del trabajo o los trabajos realizados se efectuará mediante la presentación de certificados expedidos conforme se indica en el artículo 90.1 apartado a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público. Es decir, mediante la presentación en original o copia de: 1.- Certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. 2.- Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este. 3.- A falta de este certificado (el privado), mediante una declaración de la entidad licitadora acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación y exponiendo las razones de por qué no se puede presentar el certificado del privado.
  • PARA EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN De conformidad con lo dispuesto en el Art. 90.4 LCSP, en los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por el artículo 90.1.h): Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por el órgano de contratación. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental para las empresas de nueva creación: La empresa deberá contar, como mínimo, con un equipo de grabación profesional ENG (trípode, cámara de vídeo profesional, micro inalámbrico de corbata y de mano, cable de Conexión XLR3 para toma de audio, antorcha de iluminación), tal y como se describe en los apartados 2 y 3 del PPT, así como el personal necesario indicado en el apartado 3 del PPT. Medio de acreditación: La acreditación se realizará mediante declaración del representante legal de la empresa indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, según lo previsto en el PPT.

Garantías

  • Definitiva: 5 %
  • Especial: 1 %

Requisitos específicos

  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 92111000

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