Coordinación General de la AlcaldíaExpediente: 300/2024/00477Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Producción de contenidos audiovisuales de la Dirección General de Relaciones Institucionales y Proyectos Estratégicos
Información sobre la licitación Producción de contenidos audiovisuales de la Dirección General de Relaciones Institucionales y Proyectos Estratégicos de Coordinación General de la Alcaldía. Puedes consultar otras licitaciones de Coordinación General de la Alcaldía, del CPV 92111000 o en Madrid.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Madrid
- Código NUTS
- ES300
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 44.751,50 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 54.149,31 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 75.850,00 €
- Baja
- 41 %
- Ofertas recibidas
- 9 (9 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 44.751,50 € – 68.265,00 €
- Fecha de adjudicación
- 05/05/2025
- Formalización del contrato
- 30/05/2025
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPPT.pdfAbrir original
- AnexoAnexo VI Declaracion Responsable.pdfAbrir original
- AnexoAnexo II modelo oferta criterios objetivos.pdfAbrir original
- AnexoANEXO VII.pdfAbrir original
- AnexoRecomendaciones licitadores 00477.pdfAbrir original
- AnexoDEUC.pdfAbrir original
- ExpedienteInforme de Viabilidad 2Abrir original
- ExpedienteActa Mesa Propuesta de AdjudicaciónAbrir original
- ExpedienteActa Mesa de CapacitaciónAbrir original
- ExpedienteInforme de Viabilidad 1Abrir original
- ExpedienteActa Mesa Apertura Sobre AAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de criterios evaluables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteActa Mesa Apertura Sobre CAbrir original
- ExpedienteActa Mesa Apertura Sobre BAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de criterios evaluables automáticamenteAbrir original
- ExpedienteACUERDO DE APROBACIÓN DE PLIEGOSAbrir original
- ExpedienteNOTA INFORMATIVAAbrir original
- ExpedienteResolución aprobación de Pliegos, gasto y procedimientoAbrir original
- ExpedienteINFORME DE NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATOAbrir original
- ExpedienteINFORME DE INSUFICIENCIA DE MEDIOSAbrir original
- ExpedienteACUERDO DE INICIOAbrir original
- ExpedienteAcuerdo Modificación PCAPAbrir original
- ExpedienteInforme de la D.G. de Relaciones InstitucionalesAbrir original
- ExpedienteESTUDIO ECONÓMICOAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 1 año
Procede prórroga por veinticuatro meses más. Por lo que el plazo máximo de duración del contrato será de treinta y seis meses, incluyendo las posibles prórrogas que acuerde el órgano de contratación conforme a lo dispuesto en el artículo 29.2 de la LCSP.
Criterios de adjudicación
- Mejor descuento sobre los precios unitarios(Automático)Ponderación: 49
- Mejoras en la capacidad de respuesta de la empresa ante la realización de los contenidos audiovisuales(Automático)Ponderación: 26
- Calidad artística(Juicio de valor)Ponderación: 20
- Calidad de la metodología aportada(Juicio de valor)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- Artículo 87.1a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: La solvencia económica y financiera se considerará acreditada por aquellas empresas cuya cifra anual de negocios referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos (2021,2022,2023) a la fecha de publicación de la licitación, en el ámbito del presente contrato, sea igual o superior a 113.775 euros, IVA excluido, que es una vez y media el valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de una declaración responsable firmada por el representante legal de la empresa, de acuerdo con lo previsto en el artículo 87.2 de la LCSP. Las entidades y/o personas físicas licitadoras, podrán acreditar la solvencia económica por medios alternativos en los términos establecidos en el artículo 86.1 de la LCSP.
Solvencia técnica o profesional
- Art. 90.1.a) de la LCSP. Requisitos mínimos de solvencia: Haber realizado trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto de este contrato, efectuados por el interesado en el curso de los tres últimos años (incluido el año de licitación), disponibles en función de la fecha de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de la presentación de ofertas, por importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior a 53.095 euros, IVA incluido. A los efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos de su respectivo código CPV 921.La relación de los principales servicios efectuados deberá contener el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, así como la descripción concreta del servicio. Cuando le sea requerido por los servicios del órgano de contratación, la acreditación del trabajo o los trabajos realizados se efectuará mediante la presentación de certificados expedidos conforme se indica en el artículo 90.1 a) de la LCSP. Es decir, mediante la presentación en original o copia de: 1.- Cuando el destinatario sea una entidad del sector público, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente.2.- Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este, o, a falta de este certificado, mediante una declaración de la entidad licitadora acompañado de los documentos obrantes en su poder que acrediten la realización de la prestación, en la que expongan las razones de por qué no se puede presentar el certificado del privado. La acreditación se realizará mediante declaración de la empresa en la que se especificará la herramienta y se describirá la funcionalidad de la misma. EMPRESAS NUEVA CREACIÓN: Artículo 90.1.h): Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por el órgano de contratación. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental para las empresas de nueva creación: La empresa deberá contar con una herramienta audiovisual, así como el personal indicado necesario indicado en el PPTP de este contrato. La acreditación se realizará mediante declaración de la empresa.
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Declaración sobre personas con discapacidad
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No estar incurso en incompatibilidades
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Códigos CPV
- 92111000
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