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Alcaldia del Ayuntamiento de MotrilExpediente: SERV/ABR/CONTRATACION2024000028Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Desarrollo de la web de turismo y producción de contenidos audiovisuales para el Ayuntamiento de Motril - “Nueva web turística municipal”

Información sobre la licitación Desarrollo de la web de turismo y producción de contenidos audiovisuales para el Ayuntamiento de Motril - “Nueva web turística municipal” de Alcaldia del Ayuntamiento de Motril. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldia del Ayuntamiento de Motril, del CPV 72413000 o en Granada.

Organismo contratante

Alcaldia del Ayuntamiento de Motril

NIF: P1814200J

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Granada
Código NUTS
ES614

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
29.016,20 €
Importe adjudicado (con IVA)
35.109,60 €
Presupuesto base (sin IVA)
42.975,21 €
Baja
32,48 %
Ofertas recibidas
18 (18 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
29.016,20 € – 34.509,00 €
Fecha de adjudicación
17/02/2025
Formalización del contrato
18/02/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 18 meses

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica:(Automático)Ponderación: 40
  • Memoria tecnica: Solución técnica.(Juicio de valor)Ponderación: 20
  • Memoria tecnica: Propuesta descriptiva para la página home(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • Mejora:Videos cinemáticos(Automático)Ponderación: 8
  • Memoria tecnica:Sistema de gestión multimedia(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • Mejora: Escenas 360º(Automático)Ponderación: 5
  • Memoria Tecnica: Calidad del equipamiento utilizado para la captación de video e imágenes.(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • Memoria técnica: Calidad del procedimiento para la captación de vídeos e imágenes.(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • Mejora:Vídeos de temáticas diferentes a las propuestas en el PPT(Automático)Ponderación: 2

Solvencia económica y financiera

  • Para acreditar la solvencia económica se ha acudido a uno de los medios previstos en el art. 87 LCSP y se exige un volumen anual de negocios en el ámbito objeto del contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, por un importe igual o superior al 70% del valor estimado del contrato. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará mediante la aportación de los certificados o documentos del correspondiente Registro Mercantil.

Solvencia técnica o profesional

  • Como medio para acreditar la solvencia profesional se ha considerado más adecuado para el fin perseguido establecer, entre los previstos en el art. 90.1 LCSP: Una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento del valor estimado del contrato. En los supuestos de empresas de nueva creación, entendidas éstas como aquellas que cuentan con una antigüedad inferior a cinco años, y en cumplimiento del art. 90.4 de la LCSP, se ha optado, de entre los medios previstos en el apartado 1 del citado artículo para acreditar la solvencia, por requerir la aportación de la relación del personal que integrará el equipo técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, encargadas de la ejecución del contrato objeto del presente expediente, que en cualquier caso deberá contar, como mínimo, con los siguientes integrantes:• Responsable del contrato por parte de la empresa/interlocutor: Ingeniero superior, licenciatura o grado de informática. • Diseñador web: Ingeniería superior, licenciatura o grado de informática. • Desarrollador web: Técnico grado superior. La titulación requerida se acreditará a través: 1 Curriculum vitae. 2 Título habilitante.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Declaración sobre personas con discapacidad

Códigos CPV

  • 72413000
  • 79961000

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