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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de CádizExpediente: 2024/078Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro en régimen de alquiler de semirremolques para la cabalgata de Reyes Magos y la Gran Cabalgata Magna del Carnaval de Cádiz

Información sobre la licitación Suministro en régimen de alquiler de semirremolques para la cabalgata de Reyes Magos y la Gran Cabalgata Magna del Carnaval de Cádiz de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz, del CPV 34223000 o en Cádiz.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz

NIF: P1101200B

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Cádiz
Código NUTS
ES612

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
3000,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
3630,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
27.000,00 €
Baja
88,89 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
3000,00 €
Fecha de adjudicación
08/11/2024
Formalización del contrato
03/12/2024

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 4 meses

Prórroga: SI, anualmente hasta un máximo de dos años adicionales. La prórroga deberá acordarse antes del 31 de diciembre de cada anualidad del contrato, siendo obligatoria para la empresa contratista si su preaviso se efectúa con dos meses de antelación a dicha fecha.

Criterios de adjudicación

  • Precio(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • Se acreditará mediante declaración sobre el volumen anual de negocios, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. El volumen anual del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en el que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Será solvente si acredita un volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos de, al menos, 40.500 euros. En caso de integración de la solvencia económica con medios externos, existirá una responsabilidad solidaria entre el licitador y la(s) entidades a las que se acude para la integración: SI

Solvencia técnica o profesional

  • Se acreditará mediante una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se podrá atender a los tres primeros dígitos del CPV. Se considerará que es solvente si de la relación y certificados apartados resulta un importe anual de ejecución acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior a 18.900 euros, IVA no incluido. De conformidad con el articulo 89.1.h) LCSP cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a 5 años, su solvencia técnica se podrá acreditar, de acuerdo con el artículo 89.1.f) LCSP, con la aportación de los certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas. Se considerará solvente si la empresa cuenta con el certificado ISO 9001 o equivalente

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • Declaración sobre promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

Códigos CPV

  • 34223000

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