Junta de Gobierno del Ayuntamiento de MóstolesExpediente: C048/CON/2025-118Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicios de apoyo fotográfico al departamento de comunicación del Ayuntamiento de Móstoles
Información sobre la licitación Servicios de apoyo fotográfico al departamento de comunicación del Ayuntamiento de Móstoles de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Móstoles. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Móstoles, del CPV 79960000 o en Madrid.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Móstoles
NIF: P2809200E
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Madrid
- Código NUTS
- ES300
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 34,90 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 42,22 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 61.800,00 €
- Baja
- 99,94 %
- Ofertas recibidas
- 4 (3 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 29,59 € – 47,20 €
- Fecha de adjudicación
- 10/02/2026
- Formalización del contrato
- 06/03/2026
Documentos
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
El contrato podrá ser prorrogado por DOS (2) AÑOS mediante dos prórrogas de una duración máxima de un año cada una. Las prórrogas podrán ser parciales.
Criterios de adjudicación
- Precio(Automático)Ponderación: 100
Solvencia económica y financiera
- De conformidad con el artículo 87 de la LCSP, apartado 1.a), el criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato que, referido a cualquiera de los tres últimos ejercicios concluidos, no excederá de una vez y media el valor anual medio del contrato. Haber alcanzado un volumen anual de negocio, referido a cualquiera de los tres últimos ejercicios, que deberá ser igual o superior a un vez y media el valor estimado del contrato, esta cifra es: 46.350,00 € (IVA excluido). Para las empresas de reciente creación, solamente se tendrá en cuenta el periodo a partir del cual se inicia su actividad, debiendo guardarse, no obstante, la debida proporcionalidad conforme al requisito económico establecido y su período de actividad.
Solvencia técnica o profesional
- De conformidad con el artículo 89 de la LCSP, apartado 1.a), el criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será la relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en cualquiera de los tres últimos ejercicios sea igual o superior al 70% del valor anual medio del contrato, es decir, igual o superior a 21.630,00 € (IVA excluido).
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 79960000
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