Junta de Gobierno del Ayuntamiento de San Vicente RaspeigExpediente: Co15/25Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato de redacción de proyectos y ejecución de obras de instalación de sistemas de generación de sombra estacional en San Vicente del Raspeig
Información sobre la licitación Contrato de redacción de proyectos y ejecución de obras de instalación de sistemas de generación de sombra estacional en San Vicente del Raspeig de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de San Vicente Raspeig. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de San Vicente Raspeig, del CPV 45112723 o en Alicante/Alacant.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de San Vicente Raspeig
NIF: P0312200I
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Alicante/Alacant
- Código NUTS
- ES521
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 264.104,06 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 319.565,92 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 264.104,07 €
- Baja
- 0 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 264.104,06 €
- Fecha de adjudicación
- 11/12/2025
- Formalización del contrato
- 16/12/2025
Documentos
- PCAPpliego_clausulas_administrativas_v1__-_SEFYCU_6094245.pdfAbrir original
- PPTBASES_TECNICAS_INSTALACION_SIST_GEN_SOMBRA_-_SEFYCU_6051958.pdfAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteDEUCAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 4 meses
Criterios de adjudicación
- Criterio 1 - Baja económica al precio unitario (€/m2) para instalación de sistemas de generación de sombra(Automático)Ponderación: 60
- Concepción de la propuesta técnica(Juicio de valor)Ponderación: 15
- Criterio 2 – Ampliación del plazo de garantía(Automático)Ponderación: 15
- Criterio 3 - Experiencia acreditada del personal a adscribir al contrato(Automático)Ponderación: 5
- Calidad de la presentación de la Memoria Técnica(Juicio de valor)Ponderación: 3
- Cronograma detallado de trabajo(Juicio de valor)Ponderación: 2
Solvencia económica y financiera
- El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato: 264.104,07x 1,5 = 396.156,11 euros. Se acreditará mediante la presentación de cualquiera de las tres últimas cuentas anuales correspondientes a los últimos 3 ejercicios económicos, para los que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales, aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. VER APARTADO 4 PCJA
Solvencia técnica o profesional
- a) Mediante relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años que deberán ir avaladas por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. Las obras realizadas deberán ser de similares características a las del objeto del contrato, y deberán alcanzar en el año de mayor ejecución un importe igual o superior al importe del contrato: 319.565,92 euros. A efectos de determinar la correspondencia entre las obras acreditadas y las que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros (Grupo C (Edificaciones) Subgrupo 2. Estructuras de fábrica u hormigón; Grupo C (Edificaciones) Subgrupo 6. Pavimentos, solados y alicatados). b) Aunque no es obligatoria la clasificación fijada en Grupo C (Edificaciones) Subgrupo 2. Estructuras de fábrica u hormigón y/o Grupo C (Edificaciones) Subgrupo 6. Pavimentos, solados y alicatados, categoría 3, es un medio apto de acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica, conforme al artículo 77.1.a) LCSP, por lo que si se dispone de dicha clasificación, se cumplirá con la solvencia económica-financiera y técnica. c) Para la redacción de Proyectos, Estudios y Planes: Titulación requerida por la normativa. VER APARTADO 4 PCJA
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No estar incurso en incompatibilidades
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 45112723
- 45212100
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