Alcaldía del Ayuntamiento de AlesancoExpediente: 119/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:
realización del servicio de limpieza de los edificios municipales: casa consistorial. consultorio médico y colegio público
Información sobre la licitación realización del servicio de limpieza de los edificios municipales: casa consistorial. consultorio médico y colegio público de Alcaldía del Ayuntamiento de Alesanco. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Alesanco, del CPV 90919300 o en La Rioja.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- La Rioja
- Código NUTS
- ES230
Documentos
- PCAP20240822_Otros_PCAP LIMPIEZA.pdfAbrir original
- PPT20240822_Otros_PPT LIMPIEZA.pdfAbrir original
- Expedientedeclaración desiertoAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
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Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
La duración o plazo de ejecución del contrato de 2 años prorrogable por 1 año más. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca con dos meses de antelación a la finalización del plazo inicial de duración del contrato y no concurra la causa de resolución establecida en el artículo 198.6 LCSP.
Criterios de adjudicación
- Precio mas bajo(Automático)Ponderación: 100
Solvencia económica y financiera
- La solvencia económica y financiera del empresario se acreditará mediante la cifra o volumen de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los 3 últimos disponibles, o en el período menor que corresponda en función de la fecha de inicio de las actividades de la empresa. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por alguno de los siguientes medios: Por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en el que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales, legalizados por el Registro Mercantil. Mediante la presentación de las declaraciones-resúmenes anuales del Impuesto sobre el Valor añadido (modelo 390), del Impuesto de Sociedades o del IRPF. En función de la documentación exigida en el apartado anterior, se considerará que la empresa tiene solvencia económica y financiera si cumple con los criterios siguientes: Que el volumen de negocios del licitador, referido al año de mayor volumen de negocio de los últimos tres ejercicios (2021, 2022, 2023), sea igual o superior a los 39.643,92 euros, equivalente una vez y media al valor medio anual del contrato. Para las empresas de reciente creación, solamente se tendrá en cuenta el periodo a partir del cual se inicia su actividad, pero solo se estimará que tienen solvencia económica y financiera si el volumen de negocios de dicho periodo guarda la debida proporcionalidad con el valor estimado del contrato 79.287,87 euros
Solvencia técnica o profesional
- La solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por el medio siguiente: Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los 3 últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, así como el código CPV. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. A efectos de determinar el ámbito de actividades a que se refiere el presente contrato, se considerarán como tales todas las susceptibles de inclusión en los tres primeros dígitos (909) del Código CPV. En función de la documentación exigida en el apartado anterior, se considerará que la empresa tiene solvencia técnica o profesional si cumple con el criterio que a continuación se señala: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución del periodo que abarca los 3 últimos años (2021, 2022, 2023), en servicios de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato, deberá ser igual o superior a 18.499,80 euros, 70% de la anualidad media del contrato.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 90919300
- 90919200
- 90911200
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