Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de CandelariaExpediente: 55/E/24/SU/GE/A/0162Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Suministro, instalación, conservación durante el periodo de garantía y formación de un sistema de medición invasiva del gasto cardíaco y de la saturación venosa mixta para el Complejo Hospitalario Nuestra Señora de Candelaria
Información sobre la licitación Suministro, instalación, conservación durante el periodo de garantía y formación de un sistema de medición invasiva del gasto cardíaco y de la saturación venosa mixta para el Complejo Hospitalario Nuestra Señora de Candelaria de Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria. Puedes consultar otras licitaciones de Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria, del CPV 33195000 o en Canarias.
Organismo contratante
Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria
NIF: Q8555011I
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Canarias
- Código NUTS
- ES70
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 34.000,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 34.000,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 34.000,00 €
- Baja
- 0 %
- Ofertas recibidas
- 1 (0 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 34.000,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 1 mes
Criterios de adjudicación
- 4. Medición gasto cardiaco continúo(Automático)Ponderación: 30
- 1.Precio(Automático)Ponderación: 25
- 5. Oximetria tisular(Automático)Ponderación: 20
- 3. Uso de baterias(Automático)Ponderación: 15
- 2. Ampliación del periodo de garantía(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- En este procedimiento y de conformidad con lo establecido en el artículo 159.6 b) de la LCSP, se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia. No obstante, deberán poseer la solvencia mínima exigida en el presente pliego, aunque estén exentos de su acreditación. • Solvencia económica y financiera (artículo 87 LCSP). • Solvencia técnica o profesional (artículo 90 LCSP). Para las empresas de nueva creación se considerará a efectos de solvencia otros medios previstos distintos de los establecidos en la letra a).
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 33195000
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