Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de MadridExpediente: 300/2025/00566Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicios de consultoría para dar soporte a la Oficina de Productividad y Calidad del Software de IAM.
Información sobre la licitación Servicios de consultoría para dar soporte a la Oficina de Productividad y Calidad del Software de IAM de Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid. Puedes consultar otras licitaciones de Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, del CPV 72266000 o en Madrid.
Organismo contratante
Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid
NIF: P2800031C
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Madrid
- Código NUTS
- ES300
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 991.440,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 1.199.642,40 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 1.458.000,00 €
- Baja
- 32 %
- Ofertas recibidas
- 9 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 0,00 € – 1.420.120,32 €
- Fecha de adjudicación
- 24/11/2025
- Formalización del contrato
- 19/12/2025
Documentos
- PCAP24506052-PliegodeClusulasAdminist-001005PCA_OE.pdfAbrir original
- PPT23795456--02_300_2025_00566_PPT_Oficina_Produc.pdfAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteEstudio Económico (01 300_2025_00566_Estudio-economico.pdf_firmado.pdf)Abrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteActa s2Abrir original
- ExpedienteActa S1Abrir original
- ExpedienteFecha apertura oferta técnica de criterios evaluables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteActa S6Abrir original
- ExpedienteInforme de Valoracion FinalAbrir original
- ExpedienteActa S4Abrir original
- ExpedienteActa S6Abrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteActa s3Abrir original
- ExpedienteActa S5Abrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 36 meses
La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, en los términos que se recogen en el artículo 29 de la LCSP, hasta un máximo de 12 meses.
Criterios de adjudicación
- Criterios NO valorables mediante fórmulas(Juicio de valor)Ponderación: 48
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 42
- Incremento del número de informes Benchmarking de productividad y calidad del software a realizar en un año(Automático)Ponderación: 6
- Mejoras de los umbrales de indicadores ANS(Automático)Ponderación: 4
Solvencia económica y financiera
- a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente
Solvencia técnica o profesional
- a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos
- De acuerdo con lo que se establece en la el apartado 2 del PPTP, en la licitación de este contrato se habrán de tener en cuenta las condiciones especiales de compatibilidad previstas en el apartado 2 del art. 70 de la LCSP, en virtud del cual los contratos que tenga por objeto la vigilancia, supervisión, control y dirección de la ejecución de cualesquiera contratos no podrán adjudicarse a las mismas empresas adjudicatarias de los correspondientes contratos, ni a las empresas a estas vinculadas. Por lo expuesto, se establece que no podrán concurrir a esta licitación las empresas que sean adjudicatarias de los contratos previstos en el Anexo VII del PPTP, así como tampoco las empresas subcontratistas de estas. Asimismo, la limitación anterior se aplica a todas y cada una de las empresas que formen parte de un grupo de empresas, o que integren una unión temporal de empresas. Para la consideración de pertenencia a un grupo de empresas se tendrá en cuenta lo dispuesto en el art. 42.1 del Código de Comercio, Ley 16/2007 de 4 de julio y en la sentencia STS 190/2017, del Tribunal Supremo, Sala Primera - de lo Civil (sobre la existencia de un grupo de empresas cuando el control sobre las empresas es ejercido por la misma persona física). A tal efecto los licitadores cumplimentarán el “MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LOS LICITADORES SOBRE LA INCOMPATIBILIDAD DEL ART. 70.2 DEL LA LCSP” que figura como Anexo XII de este PCAP. Los licitadores que incurran en alguna de las incompatibilidades anteriores serán excluidos en el proceso de adjudicación del contrato.
- Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales. Se requiere la adscripción de los siguientes perfiles con la definición dada en el apartado 6 del PPTP: -1 Jefe de Proyecto de Oficina de Productividad y Calidad del Software -1 Consultor de Productividad y Calidad del Software -2 Analistas de Productividad y Calidad del Software -2 Ingenieros de Calidad del Software -1 Consultor de Herramientas de Productividad y Calidad del Software
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Declaración sobre personas con discapacidad
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 72266000
- 72222300
- 72225000
- 72261000
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