Junta de Gobierno del Ayuntamiento de CádizExpediente: 2025/115Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicios técnicos para la programación oficial del Castillo Santa Catalina y servicio de sonorización para festivales (2 lotes)
Información sobre la licitación Servicios técnicos para la programación oficial del Castillo Santa Catalina y servicio de sonorización para festivales (2 lotes) de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz, del CPV 98300000 o en Cádiz.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz
NIF: P1101200B
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Cádiz
- Código NUTS
- ES612
Adjudicación
Lote 1 · Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 28.700,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 34.727,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 60.000,00 €
- Baja
- 52,17 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 0,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Lote 2 · Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 40.920,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 49.513,20 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 49.000,00 €
- Baja
- 16,49 %
- Ofertas recibidas
- 1 (0 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 0,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAP07 PCAP 2025 115 F.pdfAbrir original
- PPT03 PPT 2025 115.pdfAbrir original
- AnexoAnexo III oferta Lote1 25 115.docAbrir original
- AnexoDEUC 25 115.pdfAbrir original
- AnexoAnexo IV Dc compromiso UTE 25 115.docAbrir original
- AnexoDEUC 25 115.xmlAbrir original
- AnexoAnexo IX inf art129 25 115.docAbrir original
- AnexoAnexo V mismo grupo empresas 25 115.docAbrir original
- AnexoAnexo VI empresas extranjeras 25 115.docAbrir original
- AnexoAnexo VII trabajads disc-igualdad 25 115.docAbrir original
- AnexoAnexo II instrucc DEUC 25 115.docAbrir original
- AnexoAnexo VIII solvencia medios externos 25 115.docAbrir original
- AnexoAnexo III oferta Lote 2 25 115.docAbrir original
- AnexoAnexo X DchosH e integFiscal 25 115.docAbrir original
- AnexoAnexo XI DInf cofidencial 25 115.docAbrir original
- ExpedienteInf juridicoAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteInf fiscalizcAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteACUERDO CLASIFICACIÓNAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
Atendiendo la previsión del artículo 29.2 LCSP, “La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato, salvo que en el pliego que rija el contrato se establezca uno mayor. Quedan exceptuados de la obligación de preaviso los contratos cuya duración fuera inferior a dos meses. En ningún caso podrá producirse la prórroga por el consentimiento tácito de las partes”.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 8 del Anexo I del PCAP, por anualidades independientes hasta un máximo de 2 AÑOS
Criterios de adjudicación
- Criterio 2 Calidad técnica de los equipos ofertados(Juicio de valor)Ponderación: 20
Solvencia económica y financiera
- DEUC El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En función de la documentación exigida en el apartado anterior, se considerará que la empresa tiene solvencia económica y financiera si cumple con el criterio o los criterios que se señalan: Que de la declaración relativa al volumen anual de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato resulta que, el volumen anual de negocios del licitador, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos: Lote 1: 45.000,00 euros, IVA no incluido. Lote 2: 36.750,00 euros, IVA no incluido.
Solvencia técnica o profesional
- DEUC La acreditación de la solvencia técnica o profesional se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato En función de la documentación exigida en el apartado anterior, se considerará que la empresa tiene SOLVENCIA TÉCNICA, si cumple con el criterio o los criterios que se señalan: Acreditación de servicios realizados en los 3 últimos años en el que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: -Lote 1: 21.000,00 euros, IVA no incluido. -Lote 2: 17.150,00 euros, IVA no incluido. PERO, de acuerdo con la previsión del artículo 89.1.h) de la LCSP, en los contratos NO sujetos a Regulación Armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por el/los medio/s indicados a continuación, en función de los requisitos establecidos por la delegación: SOLÓ PARA LAS EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN (entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años), se exigirá para esta solvencia, declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación
Requisitos específicos
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Capacidad de obrar
- No estar incurso en incompatibilidades
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Declaración sobre personas con discapacidad
- Declaración sobre promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social
- No prohibición para contratar
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Códigos CPV
- 98300000
- 63100000
- 51313000
- 51110000
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