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Alcaldía del Ayuntamiento de MontillaExpediente: 13515/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:

El contrato a que se refiere el presente pliego tiene por objeto la contratación de las obras de “Planta solar fotovoltaica de 100 KW NOMINALES (124.20kWp) para autoconsumo colectivo en cubierta de CEIP "San Francisco Solano" en Montilla (Córdoba).”

Información sobre la licitación El contrato a que se refiere el presente pliego tiene por objeto la contratación de las obras de “Planta solar fotovoltaica de 100 KW NOMINALES (124.20kWp) para autoconsumo colectivo en cubierta de CEIP "San Francisco Solano" en Montilla (Córdoba).” de Alcaldía del Ayuntamiento de Montilla. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Montilla, del CPV 45261215 o en Córdoba.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Montilla

NIF: P1404200F

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Córdoba
Código NUTS
ES613

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
74.173,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
89.749,33 €
Presupuesto base (sin IVA)
100.013,92 €
Baja
25,84 %
Ofertas recibidas
24 (20 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
58.000,00 € – 99.200,00 €
Fecha de adjudicación
07/11/2024
Formalización del contrato
11/11/2024

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 31 días

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 70
  • Memoria tecnica(Juicio de valor)Ponderación: 16
  • Ampliación plazo de garantía(Automático)Ponderación: 14

Solvencia económica y financiera

  • La solvencia económica y financiera del empresario se acreditará mediante la aportación del volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos igual al valor estimado del contrato. Este volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Solvencia técnica o profesional

  • La solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada mediante declaración del personal técnico u organismos técnicos de los que disponga la empresa para la ejecución de las obras, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, siendo el criterio mínimo exigido el contar con el siguiente personal: Al menos un ingeniero o ingeniero técnico industrial. Al menos un instalador electricista conforme a los requsitos del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 45261215

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