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JUNTA DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍExpediente: 21/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro de señalización vertical y otros elementos de contención y complementarios

Información sobre la licitación Suministro de señalización vertical y otros elementos de contención y complementarios de JUNTA DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ. Puedes consultar otras licitaciones de JUNTA DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ, del CPV 34928471 o en Illes Balears.

Organismo contratante

JUNTA DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ

NIF: P0705700C

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Illes Balears
Código NUTS
ES53

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
3959,41 €
Importe adjudicado (con IVA)
4790,89 €
Presupuesto base (sin IVA)
41.322,32 €
Baja
90,42 %
Ofertas recibidas
5 (5 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
0,00 € – 7478,00 €
Fecha de adjudicación
31/10/2024
Formalización del contrato
18/11/2024

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

La duración del contrato es por un plazo de dos años, a contar des de la fecha de formalización del contrato, con la opción de prórroga por un plazo de dos años. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato.

Criterios de adjudicación

  • Mejora en el precio del contrato(Automático)Ponderación: 63
  • Mejora del plazo de entrega del material(Automático)Ponderación: 17
  • Aumento del plazo de garantía señalización acero y aluminio(Automático)Ponderación: 10
  • Aumento del plazo de garantía señalización espejos acrílicos(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • Criterios de selección y requisitos mínimos: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el licitador se encuentra inscrito y, en caso contrario, por las cuentas depositadas en el registro oficial en el que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. El volumen de negocios mínimo a acreditar durante el año de mayor ejecución del período antes indicado ha de ser igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato (14.462,81 euros). Los licitadores únicamente deben indicar en el espacio correspondiente SI o NO disponen de la solvencia requerida, en ningún caso debe acreditarse en este momento.

Solvencia técnica o profesional

  • a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los suministros pertinentes efectuados más de tres años antes. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación de los principales suministros efectuados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato (14.462,81 euros). Los licitadores únicamente deben indicar en el espacio correspondiente SI o NO disponen de la solvencia requerida, en ningún caso debe acreditarse en este momento.
  • Las empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquellas que tengan una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno de los medios siguientes: b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. d) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante. e) Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas. Los licitadores únicamente deben indicar en el espacio correspondiente SI o NO disponen de la solvencia requerida, en ningún caso debe acreditarse en este momento.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 34928471

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