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Consejería de Salud y ConsumoExpediente: CONTR 2024/11062Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro de tres vehículos híbridos enchufables, tres vehículos eléctricos y suministro e instalación de cuatro puntos de recarga dobles.

Información sobre la licitación Suministro de tres vehículos híbridos enchufables, tres vehículos eléctricos y suministro e instalación de cuatro puntos de recarga dobles de Consejería de Salud y Consumo. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería de Salud y Consumo, del CPV 34144900 o en Illes Balears.

Organismo contratante

Consejería de Salud y Consumo

NIF: S0711001H

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Mallorca
Código NUTS
ES532

Adjudicación

Lote 1 · Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
68.397,28 €
Importe adjudicado (con IVA)
82.760,70 €
Presupuesto base (sin IVA)
88.559,50 €
Baja
22,77 %
Ofertas recibidas
3 (3 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
06/08/2025
Formalización del contrato
27/08/2025

Lote 2 · Desierto

Presupuesto base (sin IVA)
88.559,50 €
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
0,00 €
Fecha de adjudicación
06/08/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 9 meses

Criterios de adjudicación

  • Autonomía del vehículo(Automático)Ponderación: 30
  • Aumento garantía de las baterías(Automático)Ponderación: 25
  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 20
  • Menor tiempo de recarga(Automático)Ponderación: 20
  • Programa de cumplimiento normativo o Compliance Penal(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • Para participar en la licitación la empresa tiene que presentar una declaración responsable en la cual se indique el volumen anual de negocio de los tres últimos ejercicios. El licitador propuesto como adjudicatario tendrá que acreditar el volumen de negocio declarado con la presentación de las cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil o de cualquier modelo oficial declarado ante el Agencia Tributaria en el cual quede reflejado el volumen anual de negocio. Se entiende que la solvencia es suficiente si el volumen anual de negocio declarado por la entidad en el mejor de los tres últimos ejercicios es igual o superior al presupuesto de licitación sin IVA en contratos de duración inferior a un año o a la anualidad media del presupuesto del contrato sin IVA en el resto de contratos. La anualidad media se calculará dividiendo el presupuesto de licitación sin IVA entre el número de meses del plazo y multiplicando esta cantidad por 12. En el caso de división del contrato en lotes se entiende que la solvencia es suficiente si el volumen anual de negocio declarado por la entidad en el mejor de los tres últimos ejercicios es igual o superior al presupuesto de licitación de cada uno de los lotes sin IVA en contratos de duración inferior a un año o a la anualidad media del presupuesto de cada uno de los lotes sin IVA en el resto de contratos La solvencia económica y financiar sólo deberá ser acreditada por aquel licitador que resulte propuesto como adjudicatario.

Solvencia técnica o profesional

  • Medios: Relación de los suministros ejecutados en el curso de los últimos tres años avalada por certificados de buena ejecución. Criterios de selección y requisitos mínimos: Para participar en la licitación la empresa tiene que aportar la declaración responsable relativa a la relación de los principales suministros de igual o similar naturaleza realizadas en el curso de los tres últimos años. El licitador propuesto como adjudicatario tiene que aportar los certificados acreditativos de buena ejecución que tienen que incluir importe, fecha y destinatario público o privado de los servicios, y tienen que estar expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, acompañada de los documentos en su poder que acrediten la realización de la prestación. Se entiende que la solvencia es suficiente si al menos el importe anual acumulado que el empresario ha ejecutado dentro del año de mayor ejecución (dentro del periodo de los tres años antes mencionado), es igual o superior al presupuesto base de licitación (sin IVA) de cada uno de los lotes del contrato. La anualidad media se calculará dividiendo el presupuesto de licitación sin IVA entre el número de meses del plazo y multiplicando esta cantidad por 12.

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 34144900
  • 31158100

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