Vicepresidencia del Organismo Autónomo Municipal Parques y Jardines Singulares y Escuela Municipal de Jardineria y Paisaje Expediente: EXP 70010 2025 097Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de gestión laboral
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Organismo contratante
Vicepresidencia del Organismo Autónomo Municipal Parques y Jardines Singulares y Escuela Municipal de Jardineria y Paisaje
NIF: Q4601297G
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Valencia/València
- Código NUTS
- ES523
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 99.840,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 120.806,40 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 99.840,00 €
- Baja
- 0 %
- Ofertas recibidas
- 4 (4 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 99.840,00 €
- Fecha de adjudicación
- 13/11/2025
- Formalización del contrato
- 23/12/2025
Documentos
- PCAP06 PCAP SERVICIS 02 07 25.pdfAbrir original
- PPT03 PPT 10 06 2025.pdfAbrir original
- Anexo7 ANEXO I - 02 07 25.pdfAbrir original
- Anexo04_memoria_justificativa 30 06 2025.pdfAbrir original
- Anexo08 DR_L1_LICITADORA ABIERTO.pdfAbrir original
- Anexo09 anexo II.pdfAbrir original
- Anexo10 RESOLUCION pj 284 de 23 07 2025.pdfAbrir original
- Anexo11 DOC2023052311232711 Modelo C1 Decl Respons Confidencialidad.pdfAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 24 meses
posibilidad de llevar dos prórrogas de 12 meses cada una (24+12+12).
Criterios de adjudicación
- 1)BAJA ECONÓMICA A LOS PRECIOS UNITARIOS(Automático)Ponderación: 40
- 2) Formación ADICIONAL a la mínima indicada en la adscripción de medios(Automático)Ponderación: 20
- 3) EXPERIENCIA(Automático)Ponderación: 20
- 4) Personal ADICIONAL al mínimo indicado en la adscripción de medios(Automático)Ponderación: 20
Solvencia económica y financiera
- (NO SE EXIGE UN MODELO CORPORATIVO ESTANDAR PARA ESTA DECLARACION): La solvencia económica y financiera, y técnica o profesional, se acreditará mediante la aportación de cualquiera de los siguientes [a) ó b)]: a) Volumen de negocios mínimo anual: 299.520,00€. Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. Criterio de selección: El seguro, por el importe de 199.680,00€, deberá mantener su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Si la fecha de finalización del seguro fuera anterior a la de la finalización del contrato, junto al justificante, deberá aportarse compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.
Solvencia técnica o profesional
- (NO SE EXIGE UN MODELO CORPORATIVO ESTANDAR PARA ESTA DECLRACION)Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los 3 últimos años (máximo tres, salvo cuando se incremente en orden a garantizar un nivel adecuado de competencia).Importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior a: 49.920,00 euros. Se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los dígitos del código/s CPV. En este contrato no sujeto a regulación armonizada, este criterio de selección no será aplicable a aquellas empresas que tengan una antigüedad inferior a cinco años. Dichas empresas, como medio alternativo, acreditarán la solvencia técnica por el/los medio/s siguiente/s: Con arreglo a lo establecido en el art 90.1 h): Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 79211110
- 79631000
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