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Alcaldía del Ayuntamiento de Punta umbríaExpediente: 3141/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio de Mediación de Seguros Privados para el Ayuntamiento de Punta Umbría (Huelva)

Información sobre la licitación Servicio de Mediación de Seguros Privados para el Ayuntamiento de Punta Umbría (Huelva) de Alcaldía del Ayuntamiento de Punta umbría. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Punta umbría, del CPV 66510000 o en Huelva.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Punta umbría

NIF: P2107900I

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Huelva
Código NUTS
ES615

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
15.916,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
15.916,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
25.465,60 €
Baja
37,5 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 4 años

Criterios de adjudicación

  • Oferta Económica o Porcentaje de Comisión(Automático)Ponderación: 60
  • Reclamaciones y Siniestros - Seguimiento y Gestión Totalidad Siniestros(Juicio de valor)Ponderación: 9
  • Propuesta Técnica - Metodología Estudio de cada Póliza(Juicio de valor)Ponderación: 7
  • Herramienta Informática Gestión de Seguros y Siniestros(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • Otra Propuesta Garantía de Agilidad en Tramitación, Gestión y Liquidación de Siniestros(Juicio de valor)Ponderación: 4
  • Equipo Técnico - Licenciados/Titulados(Juicio de valor)Ponderación: 3
  • Propuesta de Asistencia a los Beneficiarios(Juicio de valor)Ponderación: 3
  • Propuesta Técnica - Metodología de Trabajo(Juicio de valor)Ponderación: 3
  • Propuesta de Asistencia a Servicios del Ayuntamiento(Juicio de valor)Ponderación: 2
  • Reclamaciones y Siniestros - Procedimientos de Repetición o Recobro(Juicio de valor)Ponderación: 2
  • Equipo Técnico - Otro Personal(Juicio de valor)Ponderación: 2

Solvencia económica y financiera

  • La existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al establecido en la Ley 3/2020 , de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales (1.300.380 euros por siniestro y, en suma, 1.924.560,00 euros para todos los siniestros correspondientes a un determinado año), vigente hasta el final del plazo de presentación de ofertas, debiéndose acompañar compromiso de renovación o prórroga durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se acreditará mediante certificación de la aseguradora en el que conste importe y riesgos asegurados, fecha de vencimiento e indicación de estar la prima pagada o mediante copia del contrato vigente hasta el plazo de fin de presentación de ofertas y documento acreditativo del pago. Asi mismo se deberá presentar compromiso por el licitador de suscripción, renovación o prórroga durante toda la ejecución del contrato.
  • Mediante el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de constitución o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. El volumen anual de negocio se acreditará a través de alguno de los siguientes medios, según se trate de: - Empresas (personas jurídicas) mediante la presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o Registro oficial en el que deban estar inscritas. - Empresarios/as (personas físicas) inscritos/as en el Registro Mercantil: mediante la presentación de los libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. No inscritos/as en el Registro Mercantil: mediante las declaraciones del IVA presentadas en el período citado En el caso de que la persona física o jurídica que ostente la condición de licitadora, haya iniciado su actividad empresarial o profesional en el mismo año de la licitación, acreditará su solvencia económica y financiera mediante la/s declaración/es de IVA presentada. Cuando por una razón válida, la entidad licitadora no esté en condiciones de acreditar su solvencia económica y financiera en la forma señalada, se le autorizará a acreditarla por medio de cualquier otro documento que el órgano de contratación considere apropiado A la vista de la documentación aportada exigida en el apartado anterior, se considerará que la empresa tiene solvencia económica y financiera, si cumple con el criterio que a continuación se señala: - Que el volumen anual de negocios de la persona o entidad licitadora, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos, sea al menos igual o superior al importe de 79.580,00 € € (importe anual de las primas estimadas).

Solvencia técnica o profesional

  • copia de la resolución por la que se autoriza al licitador a ejercer la actividad de mediador/corredor de seguros o correduría de seguros, emitida por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y copia de los datos que consten en el Punto Unico de Información (PUI) de distribuidores de seguros y reaseguros de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
  • Una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, y cuyo importe sea al menos igual o superior al valor expresado arriba en relación con la solvencia financiera. Cuando le sea requerido al licitador, los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados

Códigos CPV

  • 66510000

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