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Rectorado de la Universidad de CórdobaExpediente: 2024/00037Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Concesión demanial de un bien de dominio público de la Universidad de Córdoba para su explotación con fines educativos, sanitarios o sociales compatibilizándolo con el uso universitario de determinados espacios del inmueble

Información sobre la licitación Concesión demanial de un bien de dominio público de la Universidad de Córdoba para su explotación con fines educativos, sanitarios o sociales compatibilizándolo con el uso universitario de determinados espacios del inmueble de Rectorado de la Universidad de Córdoba. Puedes consultar otras licitaciones de Rectorado de la Universidad de Córdoba, del CPV 70310000 o en Córdoba.

Organismo contratante

Rectorado de la Universidad de Córdoba

NIF: Q1418001B

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Patrimonial
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Córdoba
Código NUTS
ES613

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
7.478.400,88 €
Importe adjudicado (con IVA)
7.478.400,88 €
Presupuesto base (sin IVA)
7.478.400,00 €
Baja
-0 %
Ofertas recibidas
1 (0 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
7.478.400,88 €
Fecha de adjudicación
21/01/2025
Formalización del contrato
11/02/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 40 años

es posible una prorroga de 10 años

Criterios de adjudicación

  • 7. Mejoras de carácter general que puedan revertir en ventajas para la Universidad(Automático)Ponderación: 25
  • 2. Plan básico de explotación de la actividad.(Juicio de valor)Ponderación: 25
  • 4. Mejora sobre el importe mínimo de explotación de la concesión(Automático)Ponderación: 20
  • 6. Compromiso de certificar el proyecto de ejecución con sello GBCE (VERDE)(Automático)Ponderación: 10
  • 1. Anteproyecto(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • 3. Propuesta de patrocinio(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • 5. Reducción Plazo de ejecución de las obras(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • A. Requisitos de solvencia económica y financiera para determinar la selección de empresas que podrán acceder a la adjudicación del contrato: Acreditación de que su patrimonio neto es igual o mayor que su capital social, con el objeto de verificar que no se encuentra en ninguna de las situaciones est ablecidas en el art. 327 y 363 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, que obligan a la reducción de su capital social o es motivo de disolución de la empresa. En el caso de no cumplirse este requisito se deberá aportar informe de auditor ía independiente donde se refleje las medidas a tomar por la empresa para solucionar esta situación. ☒ Acreditación del cumplimiento al menos uno de los siguientes requisitos:  Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de las tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades de la empresa y de presentación de las ofertas. El volumen de negocios mínimo anual exigi do será el 150 % del importe del canon anual establecid establecido para el periodo comprendido entre el año 7º y año 40º, mas 108.000,00 € (canon equivalente) resultando en 477.988,77 €  El patrimonio neto según el balance correspondiente al último ejercicio económico de las cuentas anuales aprobadas, que deberá super ar el 100 % del importe anual del canon establecido  La ratio de liquidez general y la r atio/grado de solvencia , deberán ser ambos mayores que 1  La ratio de liquidez general es el resultado de dividir el activo corriente entre el pasivo corriente según el balance correspondiente al último ejercicio económico de las cuentas anuales aprobadas, y refleja en qué medida todos los elementos patrimoniales que componen el activo corriente cubren el pasivo corriente. La ratio /grado de solvencia es el resultado de dividir el activo total entre el pasivo total según el balance correspondiente al último ejercicio económico de las cuentas anuales aprobadas y mide la capacidad para hacer frente a las obligaciones de pago.

Solvencia técnica o profesional

  • La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá ser acreditada, en caso de no aparecer en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, por una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza a la actividad a realizar en el inmueble objeto de la concesión, como máximo, los tres últimos años, disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando le sea requeridos por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Se exige que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del canon equivalente. A efectos de determinar la correspondencia entre los servicios ejecutados por la empresa y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá a la igualdad entre los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. Indicación de la parte del contrato que la empresa tiene eventualmente el propósito de subcontratar, así como qué capacidad técnica y profesional tienen las entidades subcontratadas. Compromiso de dedicación de los medios personales o materiales suficientes para la ejecución.

Garantías

  • Provisional: 1,5 %
  • Definitiva: 3 %

Requisitos específicos

  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

Códigos CPV

  • 70310000
  • 85000000
  • 70130000
  • 80000000

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