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Alcaldía del Ayuntamiento de CalaceiteExpediente: 05/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Construcción sala usos múltiples

Información sobre la licitación Construcción sala usos múltiples de Alcaldía del Ayuntamiento de Calaceite. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Calaceite, del CPV 45000000 o en Teruel.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Calaceite

NIF: P4404900E

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Teruel
Código NUTS
ES242

Adjudicación

Desierto

Presupuesto base (sin IVA)
85.258,29 €
Ofertas recibidas
0 (0 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 3 meses

Criterios de adjudicación

  • mejor oferta economica(Automático)Ponderación: 50
  • reducción plazo ejecucon(Automático)Ponderación: 30
  • ampliacion plazo de garantia(Automático)Ponderación: 20

Solvencia económica y financiera

  • El volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos de 127.887,44 € (una vez y media el valor estimado del contrato). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. La declaración sobre el volumen anual de negocio que aporte el licitador deberá ajustarse al modelo incorporado al presente pliego como ANEXO III.

Solvencia técnica o profesional

  • Si no se dispone de la clasificación adecuada como contratista de las Administraciones Públicas, la solvencia técnica del empresario deberá acreditarse con arreglo al siguiente criterio y medio establecido en el artículo 11,4b) del Real Decreto 1098/2001 y en el artículo 88de la ley 9/2017: El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será el de la experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de las obras efectuadas por el interesado en el curso de los diez últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 59.680,80 € (70% del valor estimado del contrato). A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos o suministros acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros, y en los demás casos a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. La relación de obras efectuadas que aporte el licitador se ajustará al modelo incorporado a este pliego como ANEXO IV.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 45000000
  • 45210000

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