Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcalá de GuadaíraExpediente: 10402/2023Comprobada en la Plataforma de Contratación:
servicio de mantenimiento y actualización del portal WEB y el repositorio digital de acceso gratuito y universal con la denominado de Biblioteca Digital de Alcalá de Guadaíra (C-2024/033)
Información sobre la licitación servicio de mantenimiento y actualización del portal WEB y el repositorio digital de acceso gratuito y universal con la denominado de Biblioteca Digital de Alcalá de Guadaíra (C-2024/033) de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, del CPV 72413000 o en Sevilla.
Organismo contratante
Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra
NIF: P4100400C
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Sevilla
- Código NUTS
- ES618
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 24.879,40 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 30.104,07 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 38.276,00 €
- Baja
- 35 %
- Ofertas recibidas
- 4 (4 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 22.965,60 € – 24.879,40 €
- Fecha de adjudicación
- 31/10/2024
- Formalización del contrato
- 14/11/2024
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPPT.pdfAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de ofertas mediante criterios cuantificables automáticamenteAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- Expedienteanuncio convocatoria mesa 2ªAbrir original
- ExpedienteAnuncio convocatoria mesa 3ªAbrir original
- ExpedienteActa de propuesta de adjudicación de contratoAbrir original
- ExpedienteAnuncio convocatoria primera mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteModelo de compromiso de adscripción de director/a técnico/a (sobre electrónico B)Abrir original
- ExpedienteModelo de declaración responsable de capacidad y solvenciaAbrir original
- ExpedienteModelo de oferta evaluable automáticamente (sobre electrónico B)Abrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
El contrato será prorrogable por hasta 2 años adicionales. Por necesidades acreditadas debidamente, las correspondientes prórrogas podrán ser de duración inferior a un año.
Criterios de adjudicación
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 35
- Experiencia, del técnico propuesto como responsable técnico de los trabajos, en el diseño de páginas web(Automático)Ponderación: 25
- Mejora de la bolsa de horas anual: horas adicionales para desarrollos evolutivos(Automático)Ponderación: 15
- Plan de comunicación y sistema de evaluación(Juicio de valor)Ponderación: 13
- Metodología, estructuración y contenido(Juicio de valor)Ponderación: 10
- Medios humanos, técnicos y materiales ofertados en la propuesta técnica(Juicio de valor)Ponderación: 2
Solvencia económica y financiera
- Los licitadores deberán disponer de un volumen anual de negocios, que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos 25.485 €. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará, en el supuesto de resultar propuesto adjudicatario, por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. No obstante, también podrá justificarse la citada solvencia económica o financiera, de acuerdo con la doctrina mantenida en la Resolución nº 635/2018 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales y la nº 173/2020, del Tribunal Administrativos de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, en interpretación del art. 86 LCSP, si no resulta posible a través de los medios anteriores, o cuando se trate de una empresa de nueva creación por disponer de una antigüedad inferior a 5 años, mediante el compromiso de aportación de documentación alternativa, que el órgano de contratación considere suficiente. Con independencia de lo expuesto, cuando por una razón válida el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas anteriormente, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.
Solvencia técnica o profesional
- Acreditación de que la infraesctructura y sistemas de información que sustentan el alojamiento en la nube que propone el licitador cuente con certificación de conformidad de nivel medio del Esquema Nacional de Seguridad, regulado en el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, así como las disposiciones legales o reglamentarias relacionadas con la misma, o cualquier actualización de esta normativa a lo largo de la vigencia del contrato
- Los licitadores deberán haber ejecutado servicios o trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, debiendo acreditar en cualquiera de ellos al menos un volumen ejecutado de 11.893 €. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, en el supuesto de resultar propuesto adjudicatario, los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del art. 90 LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.
Garantías
- Especial: 5 %
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- No estar incurso en incompatibilidades
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Códigos CPV
- 72413000
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