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Rectorado de la Universidad de OviedoExpediente: PN-S 2023/000063Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro de una licencia de uso de software de un sistema de gestión 2.0 de contenido web para bibliotecas (CMS. Content Management System)

Información sobre la licitación Suministro de una licencia de uso de software de un sistema de gestión 2.0 de contenido web para bibliotecas (CMS. Content Management System) de Rectorado de la Universidad de Oviedo. Puedes consultar otras licitaciones de Rectorado de la Universidad de Oviedo, del CPV 48161000 o en Asturias.

Organismo contratante

Rectorado de la Universidad de Oviedo

NIF: Q3318001I

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Negociado sin publicidad
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
ES120
Código NUTS
ES120

Adjudicación

Formalizado

GreenData S.LB60742863
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
16.567,02 €
Importe adjudicado (con IVA)
20.046,09 €
Presupuesto base (sin IVA)
16.567,02 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
16.567,02 €
Fecha de adjudicación
09/05/2024
Formalización del contrato
05/06/2024

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 3 años

No procede. Ver cuadro características apartado 8.4

Criterios de adjudicación

  • Valoración económica (hasta 100 puntos)(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • Declaración sobre el volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos. Criterios: El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año. 16.567,02/36 X 12 x 1,5 = 8.283,51 €. Se acreditará mediante: El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Si por una razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas en los apartados anteriores, se le autorizará acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de las Administraciones Públicas acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario.

Solvencia técnica o profesional

  • Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, avalados por certificados de buena ejecución. Criterios: El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato. 16.567,02/36 X 12 x 0,70 = 3.865,64 € Se acreditará mediante: A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos o suministros acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros, y en los demás casos a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a g) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de suministros.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Códigos CPV

  • 48161000

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