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Pleno del Ayuntamiento de Navas de San JuanExpediente: 1/2023Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Concesión de Servicio Público para la gestión de la Escuela Infantil y Guardería Temporera Municipal del Ayuntamiento de Navas de San Juan (Jaén) por lotes (2).

Información sobre la licitación Concesión de Servicio Público para la gestión de la Escuela Infantil y Guardería Temporera Municipal del Ayuntamiento de Navas de San Juan (Jaén) por lotes (2) de Pleno del Ayuntamiento de Navas de San Juan. Puedes consultar otras licitaciones de Pleno del Ayuntamiento de Navas de San Juan, del CPV 80110000 o en Jaén.

Organismo contratante

Pleno del Ayuntamiento de Navas de San Juan

NIF: P2306300A

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Concesión de servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Urgente
Lugar de ejecución
Jaén
Código NUTS
ES616

Adjudicación

Lote 1 · Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
6005,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
6005,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
578.560,84 €
Baja
98,96 %
Ofertas recibidas
3 (3 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
3140,50 € – 6005,00 €
Fecha de adjudicación
03/07/2024
Formalización del contrato
12/07/2024

Lote 2 · Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
1005,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
1005,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
171.600,00 €
Baja
99,41 %
Ofertas recibidas
3 (3 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
826,45 € – 1100,00 €
Fecha de adjudicación
03/07/2024
Formalización del contrato
25/07/2024

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 4 años

Ver cláusula quinta del PCAP.

Criterios de adjudicación

  • Participación en los Dos Lotes(Automático)Ponderación: 100
  • Mejora Canon Concesional(Automático)Ponderación: 80
  • Mejora en Inversiones, Mobiliario y Equipamiento de los Centros, sobre las que ya cuentan los centros.(Automático)Ponderación: 20

Solvencia económica y financiera

  • Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que acrediten su solvencia económica y financiera. La solvencia económica y financiera del empresario se entenderá acreditada por el siguiente medio: Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, en su caso por importe igual o superior al valor estimado del contrato. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará mediante la aportación de los certificados y documentos que para cada caso se determinen reglamentariamente, de entre los siguientes: certificación bancaria, póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales, cuentas anuales y declaración de empresario indicando el volumen de negocio global de la empresa, en su caso por importe igual o superior al valor estimado del contrato. Ver cláusula sexta y séptima del PCAP.

Solvencia técnica o profesional

  • Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que acrediten su solvencia técnica. La solvencia técnica se entenderá acreditada por uno de los siguientes medios establecido en el artículo 90, en virtud de la remisión hecha en el artículo 91 de la LCSP. a.-) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. b.-) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. c.-) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. Ver cláusula sexta y séptima del PCAP.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 80110000
  • 85300000

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