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Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de CandelariaExpediente: 55/M/24/SS/GE/A/0027Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio de mantenimiento y conservación de las ochenta y dos (82) puertas automáticas instaladas en el Complejo Hospitalario Universitario Nuestra Señora de Candelaria

Información sobre la licitación Servicio de mantenimiento y conservación de las ochenta y dos (82) puertas automáticas instaladas en el Complejo Hospitalario Universitario Nuestra Señora de Candelaria de Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria. Puedes consultar otras licitaciones de Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria, del CPV 50532000 o en Santa Cruz de Tenerife.

Organismo contratante

Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria

NIF: Q8555011I

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Tenerife
Código NUTS
ES709

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
76.752,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
82.124,64 €
Presupuesto base (sin IVA)
89.065,96 €
Baja
13,83 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
76.752,00 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 24 meses

Criterios de adjudicación

  • Oferta con mejor precio(Automático)Ponderación: 80
  • Mayor número de mantenimientos preventivos anuales sobre los 4 iniciales(Automático)Ponderación: 20

Solvencia económica y financiera

  • 1. Solvencia económica y financiera: a) Medios para acreditar la solvencia económica financiera: Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica y financiera a través del siguiente medio de justificación, al amparo del artículo 87 de la LCSP, se reseñan a continuación: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a cien mil euros (100.000,00 €). En el caso de empresas cuyo período de actividad no abarque los tres últimos ejercicios, es necesario presentar la cifra de negocio del período de actividades de la empresa, que deberá ser superior en todo caso a la cuantía referida anteriormente, por año o fracción de año acreditado. b) Concreción de los requisitos: Se acreditara por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditaran su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. o caso a la cuantía referida anteriormente, por año o fracción de año acreditado.

Solvencia técnica o profesional

  • a) Medios para acreditar la solvencia económica financiera: Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica y financiera a través del siguiente medio de justificación, al amparo del artículo 87 de la LCSP, se reseñan a continuación: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a cien mil euros (100.000,00 €). En el caso de empresas cuyo período de actividad no abarque los tres últimos ejercicios, es necesario presentar la cifra de negocio del período de actividades de la empresa, que deberá ser superior en todo caso a la cuantía referida anteriormente, por año o fracción de año acreditado. b) Concreción de los requisitos: Se acreditara por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditaran su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 50532000

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