Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de MadridExpediente: 300/2024/00261Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato de Servicios para la configuración, organización, gestión, impartición y evaluación de formación profesional para el empleo en itinerarios formativos de carácter dual con orientación profesional y con la provisión de intermediación laboral directa incluidos en la Escuela de Empleo Verde y Oficios del Organismo Autónomo local Agencia para el Empleo de Madrid
Información sobre la licitación Contrato de Servicios para la configuración, organización, gestión, impartición y evaluación de formación profesional para el empleo en itinerarios formativos de carácter dual con orientación profesional y con la provisión de intermediación laboral directa incluidos en la Escuela de Empleo Verde y Oficios del Organismo Autónomo local Agencia para el Empleo de Madrid de Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid. Puedes consultar otras licitaciones de Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid, del CPV 80000000 o en Madrid.
Organismo contratante
Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid
NIF: P7807907F
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Madrid
- Código NUTS
- ES300
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 2.797.260,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 2.797.260,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 2.797.360,62 €
- Baja
- 0 %
- Ofertas recibidas
- 3 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 2.469.650,00 € – 2.797.260,00 €
- Fecha de adjudicación
- 17/12/2024
- Formalización del contrato
- 22/01/2025
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPPT.pdfAbrir original
- Expediente17 Resolución Tribunal desestimando Recurso Especial Materia ContrataciónAbrir original
- Expediente12 Informe Técnico Criterios no valorables en cifras o porcentajesAbrir original
- Expediente13 Acta 25 septiembre 2024Abrir original
- Expediente14 Informe técnico propuesta de adjudicaciónAbrir original
- Expediente18 Acuerdo levantamiento suspensión procedimientoAbrir original
- Expediente19 Acta mesa 29/10/2024 estudio doc prev obligAbrir original
- Expediente20 Acta mesa 08/11/2024Abrir original
- Expediente16 Acuerdo suspensión procedimientoAbrir original
- Expediente09 ACTA 28_08_2024 sobre AAbrir original
- Expediente11 Acta sesión 17/9/2024Abrir original
- Expediente22 Acta Mesa 02/12/2024Abrir original
- Expediente15 Interposición Recurso Especial Materia ContrataciónAbrir original
- Expediente21 Acta Mesa 26/11/2024Abrir original
- Expediente10 Acta sesión 03_09_2024Abrir original
- Expediente08 Respuesta pregunta anabel.lopez 24/07/2024 a las 08:34Abrir original
- Expediente07 Acuerdo aprobar expediente y apertura procedimientoAbrir original
- Expediente06 Acuerdo Junta GobiernoAbrir original
- Expediente05 Acuerdo aprobacion pliegosAbrir original
- Expediente03 Insuficiencia de mediosAbrir original
- Expediente04 Estudio económicoAbrir original
- Expediente01 Acuerdo de inicioAbrir original
- Expediente02 Memoria justificativaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
Posibilidad de realizar prórroga por tres años más (36 meses), resultando la totalidad del contrato si se ejecutara en su totalidad con todas sus posibles prórrogas de 5 años (60 meses).
Criterios de adjudicación
- PROPOSICIÓN ECONÓMICA(Automático)Ponderación: 30
- Incremento del número de alumnos incorporados al mercado laboral en contrato indefinido a jornada completa, llevando en la empresa incorporado un mínimo de 6 meses o superior(Automático)Ponderación: 30
- 1.1 Calidad general del proyecto técnico(Juicio de valor)Ponderación: 25
- 1.2 Alineamiento del proyecto técnico con los objetivos establecidos para la eevo(Juicio de valor)Ponderación: 10
- 1.3 Originalidad e innovación del proyecto técnico(Juicio de valor)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- - Artículo 87.1.a) de la LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato, excepto en casos debidamente justificados como los relacionados con los riesgos especiales vinculados a la naturaleza de las obras, los servicios o los suministros. El órgano de contratación indicará las principales razones de la imposición de dicho requisito en los pliegos de la contratación o en el informe específico a que se refiere el artículo 336. Requisitos mínimos de solvencia: Los licitadores deberán acreditar que su volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos (2021, 2022 y 2023), deberá ser igual a una vez el valor anual medio del contrato, que en este caso asciende a la cantidad de 1.510.574,73 €. Acreditación documental: Mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la empresa. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica, como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica.
Solvencia técnica o profesional
- Artículo 90.1.d) de la LCSP. Cuando se trate de servicios o trabajos complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin especial, un control efectuado por el órgano de contratación o, en nombre de este, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre la capacidad técnica del empresario y, si fuese necesario, sobre los medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Deberá acreditarse por el licitador la homologación habilitante para la impartición de la formación de prevención de riesgos laborales recogidas en el Art. 155 del VII Convenio Colectivo General del sector de la Construcción y/o el Art. 88 del IV Convenio Estatal de la Industria y poder, por tanto, expedir y actualizar periódicamente la Tarjeta Profesional correspondiente.
- Artículo 90.1.a) de la LCSP Requisitos mínimos de solvencia: Respecto a la acreditación de la solvencia técnica o profesional, se exige haber realizado servicios en el conjunto de los últimos tres años (2022, 2023 y 2024) que guarden relación con el objeto del contrato, efectuados por el interesado por el importe anual medio ejecutado, durante cualquiera de esos tres años que sea de, al menos, 1.510.574,73 euros, es decir, el 100% del valor anual medio del contrato (1.510.574,73 €), lo que garantiza poder contar con una empresa con un amplio bagaje en la realización de actividades y la dinamización de centros. La mensualidad concreta del 2024 en la que concluya la fecha fin de presentación de ofertas marcará el plazo para determinar las anteriores anualidades de 2022, 2023 y 2024, que se contarán de fecha a fecha. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, el pliego de cláusulas administrativas particulares podrá acudir además de al CPV, a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el Código normalizado de productos y servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC), a la Clasificación central de productos (CPC) o a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), que en todo caso deberá garantizar la competencia efectiva para la adjudicación del contrato. En defecto de previsión en el pliego se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. La Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado podrá efectuar recomendaciones para indicar qué códigos de las respectivas clasificaciones se ajustan con mayor precisión a las prestaciones más habituales en la contratación pública. Los CPV del presente contrato son los establecidos en el Anexo I del PCAP. Acreditación documental: Una relación suscrita por el representante legal de la entidad de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, acompañada de los certificados de ejecución.
Garantías
- Provisional: 0,00 €
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
- Declaración sobre personas con discapacidad
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 80000000
- 79340000
- 98390000
- 98000000
- 98350000
- 75200000
- 92000000
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