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Pleno del Ayuntamiento de Ràfol de SalemExpediente: 45/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:

El objeto de este contrato es la concesión del servicio para la explotación del Hotel y del restaurante de Ráfol de Salem

Información sobre la licitación El objeto de este contrato es la concesión del servicio para la explotación del Hotel y del restaurante de Ráfol de Salem de Pleno del Ayuntamiento de Ràfol de Salem. Puedes consultar otras licitaciones de Pleno del Ayuntamiento de Ràfol de Salem, del CPV 55110000 o en Valencia/València.

Organismo contratante

Pleno del Ayuntamiento de Ràfol de Salem

NIF: P4621200G

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Contrato

Tipo
Concesión de servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Valencia/València
Código NUTS
ES523

Adjudicación

Desierto

Presupuesto base (sin IVA)
0,00 €
Ofertas recibidas
0 (0 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 7 años

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica más ventajosa(Automático)Ponderación: 50
  • Autoevaluación según el Decreto 75/2015, de 15 de mayo, del Consell(Automático)Ponderación: 30
  • Modelo de Gestión(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • Mejoras Relativas a la igualdad de género en el trabajo(Automático)Ponderación: 6
  • Mejoras Sociales de Inserción(Automático)Ponderación: 4

Solvencia económica y financiera

  • Cláusula 11 del PCAP 3. La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por medio del volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 418.748,76 euros, equivalente a una vez y media el valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Solvencia técnica o profesional

  • Cláusula 11 del PCAP 4. La solvencia técnica o profesional podrá acreditarse por cualquiera de los siguientes medios: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Al menos uno de dichos servicios o trabajos deberá ser de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, atendiendo a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV, y por un valor estimado total o anual igual o superior al especificado en la cláusula octava de este Pliego. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público y, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del éste que acrediten la realización de la prestación. b) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Cuando se trate de una empresa de nueva creación (las que tengan una antigüedad inferior a cinco años), la solvencia técnica podrá acreditarse mediante indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 55110000
  • 55410000
  • 55300000

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