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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Fe Expediente: 7249/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato administrativo de servicios de atención asistencial para los usuarios del Centro de Día Ocupacional “Antonio Callejas Arenas” de Santa Fe para personas con discapacidad y de rehabilitación.

Información sobre la licitación Contrato administrativo de servicios de atención asistencial para los usuarios del Centro de Día Ocupacional “Antonio Callejas Arenas” de Santa Fe para personas con discapacidad y de rehabilitación de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Fe. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Fe, del CPV 85312100 o en Granada.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Fe

NIF: P1817800D

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Granada
Código NUTS
ES614

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
90.600,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
94.224,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
99.293,06 €
Baja
8,75 %
Ofertas recibidas
3 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
90.600,00 € – 97.620,00 €
Fecha de adjudicación
30/12/2025
Formalización del contrato
08/01/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

Criterios de adjudicación

  • OFERTA ECONÓMICA(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • Volumen anual de negocios del licitador referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del mismo y de presentación de las ofertas, siendo el volumen de negocios mínimo anual exigido de importe igual o superior a una vez y media el valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Se considera que con el cumplimiento de este criterio de solvencia económica y financiera las empresas licitadoras disponen de suficiente capacidad económica para dar cumplimento al contrato.

Solvencia técnica o profesional

  • Cuando la persona licitadora sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará, como remite el artículo 90.4 de la LCSP y establece el apartado e) del artículo 90.1 de la LCSP: b) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación El personal responsable de la ejecución del contrato deberá tener alguna de la siguiente titulación: o Técnico de Atención a Personas en Situación de Dependencia. o Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería. o Certificado de Profesionalidad Nivel II (SSCS0208). o Formación en atención a personas dependientes en el transporte (además para el cuidador/a de atención a personas dependientes en el servicio de transporte del Centro Ocupacional) . Además de acreditar su solvencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 76.2 de la LCSP, se exige a los licitadores que se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Concretamente: Una/a cuidador/a de atención a personas dependientes en el Centro Ocupacional, con la titulación indicada en el PPTP. Una/a cuidador/a de atención a personas dependientes en el servicio de transporte del Centro Ocupacional, con la titulación indicada en el PPTP. Estos compromisos se integrarán en el contrato, teniendo el carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el artículo 211, para el caso de que se incumplan por el adjudicatario.
  • La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, y cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 85312100

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