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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de CarbonerasExpediente: 389/2023Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Licitación del contrato relativo al servicio de limpieza de los colegios públicos y de las dependencias y edificios municipales de Carboneras

Información sobre la licitación Licitación del contrato relativo al servicio de limpieza de los colegios públicos y de las dependencias y edificios municipales de Carboneras de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Carboneras. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Carboneras, del CPV 90911200 o en Almería.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Carboneras

NIF: P0403200I

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Almería
Código NUTS
ES611

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
792.516,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
958.944,36 €
Presupuesto base (sin IVA)
968.533,74 €
Baja
18,17 %
Ofertas recibidas
7 (3 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
792.516,00 € – 950.148,75 €
Fecha de adjudicación
04/12/2024
Formalización del contrato
24/01/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

No se contempla la realización de prórrogas.

Criterios de adjudicación

  • Oferta Económica(Automático)Ponderación: 60
  • Plan de limpieza(Juicio de valor)Ponderación: 12
  • Bolsa de horas de limpieza adicionales(Automático)Ponderación: 10
  • Organización del servicio(Juicio de valor)Ponderación: 6
  • Relación detallada de materiales y consumibles de limpieza(Juicio de valor)Ponderación: 4
  • Relación detallada de maquinaria y vehículos(Juicio de valor)Ponderación: 4
  • Uniformidad y equipos del personal(Juicio de valor)Ponderación: 2
  • Descripción de todas las operaciones de limpieza(Juicio de valor)Ponderación: 2

Solvencia económica y financiera

  • De conformidad con lo dispuesto en el PCAP la solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por el volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 1.162.240,49 euros (equivalente al valor estimado del contrato). Se ha acudido a acreditarlo por medio de este importe para garantizar que el licitador posee una solvencia económica acorde con el volumen de actividad del contrato. Se acreditará mediante: sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. En el caso de empresas de nueva creación la solvencia económica y financiera será acreditada por cualquier otro medio que considere oportuno el órgano de contratación.

Solvencia técnica o profesional

  • La solvencia técnica o profesional de los empresarios se acreditará por el siguiente medio establecido en el artículo 90 LCSP. A tal fin se aportará una relación indicando su importe, fechas, destinatario, público o privado de los mismos de los principales servicios o trabajos efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato IVA no incluido (338.986,81 euros), considerando este importe suficiente para garantizar que el licitador tiene experiencia en la prestación de servicios similares al volumen del objeto del contrato. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, el pliego de cláusulas administrativas particulares podrá acudir además de al CPV, a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el Código normalizado de productos y servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC), a la Clasificación central de productos (CPC) o a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), que en todo caso deberá garantizar la competencia efectiva para la adjudicación del contrato. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) establecidas en el artículo 90 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Códigos CPV

  • 90911200

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