Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de SegoviaExpediente: 20605/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de telecomunicaciones de la Diputación de Segovia y su organismo autónomo Prodestur Segovia.
Información sobre la licitación Servicio de telecomunicaciones de la Diputación de Segovia y su organismo autónomo Prodestur Segovia de Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Segovia. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Segovia, del CPV 64210000 o en Segovia.
Organismo contratante
Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Segovia
NIF: P4000000B
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Segovia
- Código NUTS
- ES416
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 242.160,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 293.013,60 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 413.223,14 €
- Baja
- 41,4 %
- Ofertas recibidas
- 2 (0 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 295.013,60 € – 375.100,00 €
- Fecha de adjudicación
- 07/04/2026
- Formalización del contrato
- 04/05/2026
Documentos
- PCAPPCAP TELECOMUNICACIONES.pdfAbrir original
- PPTPPT TELECOMUNICACIONES.pdfAbrir original
- AnexoANEXO IV TELECOMUNICACIONES.docxAbrir original
- AnexoANEXO III TELECOMUNICACIONES.docxAbrir original
- AnexoANEXO I TELECOMUNICACIONES.docxAbrir original
- AnexoANEXO II TELECOMUNICACIONES.docxAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteActa apertura sobres A y BAbrir original
- ExpedienteActa apertura sobre C, valoración criterios objetivos y propuesta adjudicaciónAbrir original
- ExpedienteDecreto de adjudicaciónAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa valoracion criterios subjetivos y apertura sobre C oferta económicaAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
Dicho contrato se podrá prorrogar anualmente por 2 años adicionales, prorroga que se acordará, en su caso, por el órgano de contratación y será obligatoria para el adjudicatario siempre que su preaviso se produzca al menos con DOS (2) meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato, en virtud de lo dispuesto en el art. 29 de la Ley de Contratos del Sector Público de 8 de noviembre de 2017. En ningún caso podrá producirse la prórroga por el consentimiento tácito de las partes. Las prórrogas se deberán aprobar con carácter previo a la finalización del contrato.
Dicho contrato se podrá prorrogar anualmente por 2 años adicionales.
Criterios de adjudicación
- Criterios subjetivos valorables mediante juicio de valor(Juicio de valor)Ponderación: 45
- Mejoras y otros criterios objetivos(Automático)Ponderación: 30
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 25
Solvencia económica y financiera
- Se aplicará lo especificado en el Art. 87 de la LCSP. Mediante la acreditación de un volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, que deberá ser equivalente a una vez y media el valor estimado del contrato o al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año (calculado conforme al art. 36.6 del RGCAP) (art. 11.4 letra a) RGLCAP). El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario.
Solvencia técnica o profesional
- Se aplicará lo especificado en el Art. 90 de la LCSP, debiendo acreditarse la solvencia técnica o profesional mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato.
Requisitos específicos
- No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Capacidad de obrar
- Declaración sobre personas con discapacidad
Códigos CPV
- 64210000
- 64212000
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