Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de VillacañasExpediente: 1/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato Administrativo Especial menor de explotación Barra de Carnaval 2024.
Información sobre la licitación Contrato Administrativo Especial menor de explotación Barra de Carnaval 2024 de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villacañas. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villacañas, del CPV 15910000 o en Toledo.
Organismo contratante
Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villacañas
NIF: P4518600D
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Administrativo especial
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Toledo
- Código NUTS
- ES425
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 250,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 302,50 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 150,00 €
- Baja
- -66,67 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPCAP Barra Carnaval 2024.pdfAbrir original
- PPTPCAP Barra Carnaval 2024.pdfAbrir original
- AnexoAnexo II Modelo declaracion.pdfAbrir original
- AnexoAnexo I Modelo oferta.pdfAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 1 día
Solvencia económica y financiera
- Solo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar (65.1 LCSP). Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato (140.4 LCSP). Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que sea exigible para la realización de las prestaciones que constituyan el objeto del contrato (65.2 LCSP). Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios (66.1 LCSP). Respecto al régimen de empresas extranjeras y uniones de empresarios y de prohibiciones de contratar se estará a la regulación legal general (respectivamente 67-69 y 71-73 LCSP).
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 15910000
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