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Presidencia de la Diputación Provincial de ValenciaExpediente: 786/23/SGCComprobada en la Plataforma de Contratación:

Elaboración y suministro de la museografía de la exposición temporal "Fadrines: el procés de no casar-se en la societat tradicional valenciana"

Información sobre la licitación Elaboración y suministro de la museografía de la exposición temporal "Fadrines: el procés de no casar-se en la societat tradicional valenciana" de Presidencia de la Diputación Provincial de Valencia. Puedes consultar otras licitaciones de Presidencia de la Diputación Provincial de Valencia, del CPV 39154000 o en Valencia/València.

Organismo contratante

Presidencia de la Diputación Provincial de Valencia

NIF: P4600000F

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Valencia/València
Código NUTS
ES523

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
54.973,89 €
Importe adjudicado (con IVA)
66.518,40 €
Presupuesto base (sin IVA)
64.830,27 €
Baja
15,2 %
Ofertas recibidas
4 (4 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
54.973,89 € – 57.899,91 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 5 meses

Criterios de adjudicación

  • 1. Criterio económico.(Automático)Ponderación: 60
  • 2. Criterio de aceptación de propuestas de mejora.(Automático)Ponderación: 40

Solvencia económica y financiera

  • La solvencia económica y financiera se acreditará por el medio que se señala a continuación: Volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato, por lo que el volumen de negocio a justificar será de 97.245,40 euros. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil

Solvencia técnica o profesional

  • Se acreditará por el medio que se señala a continuación: -Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los últimos tres años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 % del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si éste es inferior al valor estimado del contrato. Se establece la cifra de 45.381,19 euros. -Para la acreditación de la solvencia técnica se opta por certificados de buena ejecución que permite constatar la experiencia y fiabilidad de los licitadores en contratos de igual naturaleza del que solicita. Los suministros efectuados se acreditarían mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando sea una entidad del sector público. Cuando sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. -Por otra parte para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV teniendo en cuenta que el objeto concreto del contrato es el montaje y suministro de elementos de arquitectura efímera para exposición (CPV 39154000 -6) . -Empresas de nueva creación. Según se establece en el artículo 89.1.H., cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo como tales las que tienen una antigüedad inferior a cinco años, quedará exenta de justificar el referido en el artículo 89.1.a, relativo a la ejecución de un volumen determinado de suministros. No obstante, al objeto de garantizar la correcta ejecución del contrato y en aras de acreditar que la empresa dispone de una infraestructura adecuada, consideramos que la acreditación de los recogido en el artículo 89.1.b es la más adecuada. Esto es , consideramos que , la indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, es lo más indicado para acreditar una correcta acreditación en empresas de nueva creación . Este medio se acreditará igualmente mediante la presentación de los TC 1 o TC 2 de los que el licitador disponga.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • No estar incurso en incompatibilidades

Códigos CPV

  • 39154000

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