Presidencia de la Diputación Provincial de ValenciaExpediente: 403/23/COPComprobada en la Plataforma de Contratación:
Adquisición de una máquina barredora en el marco del plan de inversiones 2022/2023.
Información sobre la licitación Adquisición de una máquina barredora en el marco del plan de inversiones 2022/2023 de Presidencia de la Diputación Provincial de Valencia. Puedes consultar otras licitaciones de Presidencia de la Diputación Provincial de Valencia, del CPV 34144431 o en Valencia/València.
Organismo contratante
Presidencia de la Diputación Provincial de Valencia
NIF: P4600000F
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Valencia/València
- Código NUTS
- ES523
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 59.110,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 71.523,10 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 70.248,14 €
- Baja
- 15,86 %
- Ofertas recibidas
- 3 (1 de PYMEs)
- Fecha de adjudicación
- 05/11/2024
- Formalización del contrato
- 11/11/2024
Documentos
- PCAPPCAP cast.pdfAbrir original
- PPTppt cas val modificado.pdfAbrir original
- Expedientecertificado mesa 21.03.24Abrir original
- Expedientecertif mesa 22 02 24Abrir original
- ExpedienteDiligencia error PPTAbrir original
- ExpedienteDiligencia cambio PPT y ampliacion fechaAbrir original
- Expedientedecreto modificacion PPTAbrir original
- Expedientepcap valenciàAbrir original
- ExpedienteInformación correos fraudulentosAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- Expedientenotif dto adjudicacionAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 3 meses
Criterios de adjudicación
- 1. Criterio relacionado con los costes (75 PUNTOS)(Automático)Ponderación: 75
- 2.Criterio relacionado con el plazo de garantía (25 PUNTOS)(Automático)Ponderación: 25
Solvencia económica y financiera
- El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera, atendiendo a lo establecido en el artículo 87 de la LCSP será el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos. El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato. Este volumen anual de negocios estará referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos y deberá ser de, al menos, ciento cinco mil trescientos setenta y dos euros y veintiún céntimos (105.372,21 €). Esta cantidad se obtiene por aplicación de la siguiente fórmula: Volumen anual de negocios = 1,50 x Valor estimado del contrato = 1,50 x 70.248,14 € Se considera que este criterio de solvencia económica y financiera, de los contenidos en el artículo 87, permite garantizar al mismo tiempo una aptitud suficiente por parte de los potenciales licitadores interesados en el contrato y un acceso no restrictivo de la licitación. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. FIRMADO 1.-
Solvencia técnica o profesional
- La solvencia técnica se acreditará mediante la relación de los principales suministros efectuados por el licitador en el curso de los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato y cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento del valor estimado del contrato. El importe a acreditar es de cuarenta y nueve mil ciento setenta y tres euros y setenta céntimos (49.173,70 €). Esta cantidad se obtiene por aplicación de la siguiente fórmula: IA = 0,70 x Valor estimado del contrato = 0,70 x 70.248,14 € Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. La elección de este criterio se justifica en la necesidad de que el contratista disponga de experiencia previa en la realización el objeto del presente contrato debido a que se trata de un suministro fundamental para ejercer una competencia municipal básica (limpieza viaria). La Diputación de Valencia presta, de acuerdo al artículo 36.1.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica, especialmente a los municipios de menor capacidad económica y de gestión.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No estar incurso en incompatibilidades
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Códigos CPV
- 34144431
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