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Alcaldía del Ayuntamiento de RotaExpediente: 5390/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Constituye el objeto del contrato la Concesión de Servicio de la Escuela Infantil Municipal "Laguna del Moral", situada en Avda. de los Toreros nº 6 de Rota (Cádiz).

Información sobre la licitación Constituye el objeto del contrato la Concesión de Servicio de la Escuela Infantil Municipal "Laguna del Moral", situada en Avda. de los Toreros nº 6 de Rota (Cádiz) de Alcaldía del Ayuntamiento de Rota. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Rota, del CPV 80110000 o en Cádiz.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Rota

NIF: P1103000D

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Concesión de servicios
Procedimiento
Restringido
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Cádiz
Código NUTS
ES612

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
925,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
925,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
0,00 €
Ofertas recibidas
6 (6 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

Se prevé una prórroga del contrato de DOS (2) AÑOS MÁS

Criterios de adjudicación

  • OFERTA ECONÓMICA(Automático)Ponderación: 40
  • PROYECTO EDUCATIVO(Juicio de valor)Ponderación: 40
  • INCREMENTO EN EL PERSONAL(Automático)Ponderación: 20

Solvencia económica y financiera

  • El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato. A estos efectos, el importe correspondiente a una vez y media el valor anual medio del contrato es 33.742,62 €. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil, o en su caso, mediante declaración del impuesto de la renta de las personas físicas de los últimos tres años.

Solvencia técnica o profesional

  • El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será la relación de los principales SERVICIOS DE IGUAL O SIMILAR NATURALEZA que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato, esto es: (22.495,08 € x 70%) = 15.746,55 €, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, avalados por CERTIFICADOS DE BUENA EJECUCIÓN expedidos por la entidad contratante. Se considerará que la empresa tiene solvencia técnica o profesional si ha gestionado o tiene en explotación como mínimo durante un curso escolar una ESCUELA INFANTIL de iguales o similares características a la que es objeto de la presente licitación, en los últimos tres años y por el importe mínimo indicado. A tal efecto se entenderá por características similares la gestión o explotación de una Escuela Infantil con un número de plazas no inferior al 50% de la que es objeto de la presente licitación. Se acreditará mediante CERTIFICADOS DE BUENA EJECUCIÓN que indicarán el importe, las fechas y el objeto detallado del contrato y se precisará que los servicios se ejecutaron de conformidad y a satisfacción de la entidad contratante, que han de ser expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado del contrato o contratos de gestión o explotación de la Escuela Infantil, así como toda aquella documentación que sea necesaria para acreditar la referida explotación durante un curso escolar. No obstante, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a tres años, su solvencia técnica se acreditará

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 80110000
  • 55523100

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