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Pleno del Ayuntamiento de Torrecilla en CamerosExpediente: 96/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Reforma de vestuarios en Polideportivo municipal de torrecilla en Cameros

Información sobre la licitación Reforma de vestuarios en Polideportivo municipal de torrecilla en Cameros de Pleno del Ayuntamiento de Torrecilla en Cameros. Puedes consultar otras licitaciones de Pleno del Ayuntamiento de Torrecilla en Cameros, del CPV 45000000 o en La Rioja.

Organismo contratante

Pleno del Ayuntamiento de Torrecilla en Cameros

NIF: P2615100A

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
La Rioja
Código NUTS
ES230

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
109.747,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
109.747,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
90.701,08 €
Baja
-21 %
Ofertas recibidas
1 (0 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
109.747,00 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 3 meses

Criterios de adjudicación

  • precio(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • Se exige un volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos finalizados disponibles, en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de la finalización del plazo de presentación de las ofertas, por importe igual o superior al valor estimado de la obra. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Solvencia técnica o profesional

  • Solvencia técnica para las empresas de nueva creación, antigüedad inferior a 5 años Acreditación de disponer de un Jefe de Obra con Titulación Académica mínima de Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico, o cualquiera de ellas en grado superior, que demuestren haber actuado como Jefe de Obras, en obras ejecutadas en los últimos cinco años, que abarcarán desde el día equivalente al siguiente al de la finalización del plazo de presentación de proposiciones del año 2020, los años 2021, 2022, 2023 y 2024 completos, y hasta el día de finalización del plazo de presentación de proposiciones del año 2025, que sean del mismo tipo o naturaleza al que corresponde la obra, debiendo entenderse por tales las que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, o del grupo o subgrupo más relevante para la obra si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos. Se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.
  • Mediante una relación de las obras ejecutadas en los últimos cinco años que abarcarán desde el día equivalente al siguiente al de la finalización del plazo de presentación de proposiciones hasta el 31 de diciembre del 2020, los años 2021, 2022, 2023 y 2024 completos, y hasta el día de finalización del plazo de presentación de proposiciones del año 2025, y que sean del mismo tipo o naturaleza al que corresponde la obra, debiendo entenderse por tales las que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente de la obra, o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos. Se deberá acreditar la ejecución de un importe anual acumulado, en el año de mayor ejecución, igual o superior al valor estimado de la obra. La buena ejecución de obra pública quedará avalada mediante certificados de la dirección facultativa (cargo y Organismo al que estén adscritos o, titulación, nº de colegiado y colegio de adscripción), indicando importes de adjudicación, lugar, y fecha, y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. La buena ejecución de obra privada quedará avalada mediante certificados de la dirección facultativa (indicando titulación, número de colegiado y Colegio de adscripción), con el visto bueno de la propiedad y, a ser posible, visado por el Colegio profesional correspondiente, indicando importes de adjudicación, lugar, y fecha, y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. Por obra ejecutada se entenderá obra terminada y recepcionada, en los términos establecidos en los artículos 243 LCSP, sin que sea necesario que haya transcurrido el periodo de garantía establecido en cada caso.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 45000000

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