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Gerencia Regional de Salud de Castilla y LeónExpediente: 0000-009-1-2024-14149Comprobada en la Plataforma de Contratación:

suministro de equipamiento (Hardware y Software), de proceso de datos y almacenamiento de pruebas diagnósticas no radiológicas de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León (GRS)

Información sobre la licitación suministro de equipamiento (Hardware y Software), de proceso de datos y almacenamiento de pruebas diagnósticas no radiológicas de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León (GRS) de Gerencia Regional de Salud de Castilla y León. Puedes consultar otras licitaciones de Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, del CPV 30236000 o en Valladolid.

Organismo contratante

Gerencia Regional de Salud de Castilla y León

NIF: Q4700608E

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Valladolid
Código NUTS
ES418

Adjudicación

Lote 002 · Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
454.819,10 €
Importe adjudicado (con IVA)
550.331,11 €
Presupuesto base (sin IVA)
455.000,00 €
Baja
0,04 %
Ofertas recibidas
2 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
454.819,10 € – 454.900,00 €
Fecha de adjudicación
07/02/2024
Formalización del contrato
04/03/2024

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 3 meses

Criterios de adjudicación

  • PRECIO(Automático)Ponderación: 20
  • Ampliación Anual de Garantía en las mismas condiciones establecidas en el PPT(Automático)Ponderación: 20

Solvencia económica y financiera

  • La solvencia económica y financiera se acreditará, de conformidad con lo establecido en el art. 87 de la ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, mediante un volumen anual de negocios en las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, o en caso contrario, en las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito, en cualquiera de los tres últimos ejercicios disponibles, por una cuantía igual o superior a Lote 1: 972.000,00 € (IVA excluido), Lote 2: 682.500,00 € (IVA excluido). Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. La justificación de la elección del medio indicada en el art. 87.1.a) de la LCSP para acreditar la solvencia económica, viene motivada porque el volumen anual de negocios, al que se hace referencia en dicho artículo y se considera el más apropiado para el objeto de este contrato, presupone que el licitador dispone de liquidez necesaria que pueda garantizar, desde el punto de vista económico, la ejecución del contrato; aspecto este que no se presupone con el "patrimonio neto" al que se hace referencia en el apartado c) del citado artículo 87.1.a) de la LCSP. El resto de los medios a los que se hace referencia en el artículo 87 de la LCSP para acreditar la solvencia económica, o no son los de aplicación por ser propios de otros tipos de contrato, como ocurre en el medio indicado en el apartado d) del artículo 87.1, específico para los contratos de concesión de obras y de servicios, o, como ocurre con el medio indicado en el apartado 87.1.b) "seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales", es más apropiado para aquellos contratos cuyo objeto consista en servicios profesionales de carácter intelectual.

Solvencia técnica o profesional

  • La solvencia técnica o profesional se acreditará, de conformidad al art. 89 de la ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, mediante una relación de los principales suministros realizados en los últimos tres años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, por un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior a Lote 1: 453.600,00 € (IVA excluido), Lote 2: 318.500,00€ (IVA excluido), en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Se ha establecido un importe inferior al determinado en la ley con el fin de poder incrementar la concurrencia competitiva. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Se considera que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, si los tres primeros dígitos de los códigos de la CPV correspondientes a los suministros realizados coinciden con los tres primeros dígitos del código de la CPV indicado en este documento. La justificación del medio indicado en el artículo 89.1.a) del LCSP para acreditar la solvencia técnica o profesional, viene motivada por la necesidad de que los licitadores dispongan de la experiencia necesaria para la correcta ejecución del contrato, y para ello, el medio más adecuado de entre los especificados en el artículo 89 de la LCSP es este.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 30236000
  • 48218000
  • 42965000

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