Concejalía Delegada de Obras y Mantenimiento Urbano del Ayuntamiento de El Puerto de Santa MaríaExpediente: 2023/15/CONTEXPComprobada en la Plataforma de Contratación:
Construcción de columbarios en cementerio municipal de El Puerto de Santa María.
Información sobre la licitación Construcción de columbarios en cementerio municipal de El Puerto de Santa María de Concejalía Delegada de Obras y Mantenimiento Urbano del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María. Puedes consultar otras licitaciones de Concejalía Delegada de Obras y Mantenimiento Urbano del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, del CPV 45000000 o en Cádiz.
Organismo contratante
Concejalía Delegada de Obras y Mantenimiento Urbano del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María
NIF: P1102700J
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Cádiz
- Código NUTS
- ES612
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 32.927,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 39.841,67 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 41.322,31 €
- Baja
- 20,32 %
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 32.927,00 € – 36.838,56 €
- Fecha de adjudicación
- 26/02/2024
- Formalización del contrato
- 06/03/2024
Documentos
- PCAPPCAP Firmado.PDFAbrir original
- PPTProyecto Columbarios.pdfAbrir original
- ExpedienteFormalización contratoAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 3 meses
Criterios de adjudicación
- Valoración de la oferta económica(Automático)Ponderación: 85
- Mejora 1. Reducción del plazo de ejecución de las obras(Automático)Ponderación: 15
Solvencia económica y financiera
- El volumen de negocios mínimo anual será de 60.000 €. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, (Si las cuentas se han presentado de forma telemática se podrán acreditar mediante certificado telemático expedido por el Registro Mercantil), si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. En su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de las obras pertinentes efectuadas más de cinco años antes. Por lo anteriormente expuesto, se acreditará haber ejecutado durante los cinco últimos años al menos dos obras de igual o similar naturaleza cuyos importes sumados deben ser igual o superior a la cantidad de 50.000 €. Se consideran de igual o similar naturaleza los del mismo CPV y misma tipología de actuación: obra de construcción y/o remodelación y/o regeneración de viarios con un Presupuesto de Ejecución por Contrata de, al menos, 50.000 €. A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta. Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Códigos CPV
- 45000000
- 98371111
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