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Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo de la Generalitat ValencianaExpediente: CMAYOR/2024/19Y10/0132Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato de servicios de traducción y corrección de textos

Información sobre la licitación Contrato de servicios de traducción y corrección de textos de Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo de la Generalitat Valenciana. Puedes consultar otras licitaciones de Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo de la Generalitat Valenciana, del CPV 79530000 o en Comunidad Valenciana.

Organismo contratante

Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo de la Generalitat Valenciana

NIF: S4611001A

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Comunitat Valenciana
Código NUTS
ES52

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
1.510.000,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
1.827.100,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
2.100.000,00 €
Baja
28,1 %
Ofertas recibidas
4 (4 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
1.510.000,00 €
Fecha de adjudicación
15/05/2025
Formalización del contrato
12/06/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

El contrato podrá prorrogarse por un plazo máximo de 2 año/s

Criterios de adjudicación

  • PRECIO(Automático)Ponderación: 50
  • Memoria justificativa metodológica(Juicio de valor)Ponderación: 20
  • Mayor aportación de medios personales(Automático)Ponderación: 10
  • Reducción de tiempo(Automático)Ponderación: 10
  • Cláusula social. Contribución a la normalización del valenciano.(Juicio de valor)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • CRITERIOS PARA ACREDITAR LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, SEGÚN ARTÍCULO 87 LCSP: La solvencia económica y financiera de las empresas licitadoras se acreditará por el volumen anual de negocio referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, por un importe igual o superior a 700.000 euros. MEDIOS PARA ACREDITAR LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, SEGÚN ARTÍCULO 87 LCSP: El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el empresario estuviera inscrito en este registro, y en caso contrario por los depositados en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. También se podrá acreditar mediante certificado de la cifra anual de negocio expedido por la Agencia Tributaria. EL EMPRESARIO PODRÁ ACREDITAR SU SOLVENCIA APORTANDO EL CERTIFICADO QUE ACREDITE LA SIGUIENTE CLASIFICACIÓN: • GRUPO: T • SUBGRUPO: 5 • CATEGORÍA: 4

Solvencia técnica o profesional

  • CRITERIOS PARA ACREDITAR LA SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL, SEGÚN ARTÍCULO 90 LCSP: Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos tres años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 500.000 euros. MEDIOS PARA ACREDITAR LA SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL, SEGÚN ARTÍCULO 90 LCSP: Relación de los principales servicios o trabajos realizados de naturaleza igual o similar a los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores pueden indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder de este que acrediten la realización de la prestación. EL EMPRESARIO PODRÁ ACREDITAR SU SOLVENCIA APORTANDO EL CERTIFICADO QUE ACREDITE LA SIGUIENTE CLASIFICACIÓN: • GRUPO: T • SUBGRUPO: 5 • CATEGORÍA: 4

Requisitos específicos

  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Capacidad de obrar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 79530000

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