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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de ZamoraExpediente: OBR1125.14726/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Proyecto de rehabilitación y reordenación de escalera 1 de Peña Trevinca.

Información sobre la licitación Proyecto de rehabilitación y reordenación de escalera 1 de Peña Trevinca de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Zamora. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Zamora, del CPV 45262311 o en Zamora.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Zamora

NIF: P4930500F

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Zamora
Código NUTS
ES419

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
134.520,80 €
Importe adjudicado (con IVA)
162.770,17 €
Presupuesto base (sin IVA)
137.296,94 €
Baja
2,02 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
1.345.208,00 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 4 meses

Criterios de adjudicación

  • C.1 Oferta económica(Automático)Ponderación: 70
  • C.2 Ampliación del plazo de garantía(Automático)Ponderación: 15
  • C.3 Ampliación del porcentaje para control de calidad externo de la obra(Automático)Ponderación: 15

Solvencia económica y financiera

  • Se acreditará mediante un volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, que referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos (o desde la fecha de inicio de actividad de la empresa si es menor) por importe igual o superior al valor estimado del contrato. La acreditación de este requisito se realizará como regla general mediante la aportación del resumen de la declaración del IVA presentada a Hacienda (modelo 390). Cuando el licitador sea una entidad que no esté obligada a realizar declaración de IVA, ese porcentaje deberá reflejarse en las cuentas anuales de la entidad de los tres últimos ejercicios, aprobadas por el órgano competente, e inscritas, en su caso, en el Registro público correspondiente. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. No obstante, se entenderá acreditada la solvencia del licitador que se encuentre en posesión de la siguiente clasificación: C Edificaciones. 2 Estructura de fábrica u hormigón. 1 Cuantía inferior o igual a 150.000,00 euros.

Solvencia técnica o profesional

  • Se acreditará en base a lo establecido en el apartado a) del artículo 88.1 de la LCSP, mediante la ejecución de obras en los últimos cinco años, avaladas por certificados de buena ejecución relacionadas con el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al setenta (70) por ciento de la anualidad media del contrato. En caso de empresas de nueva creación, de acuerdo con lo indicado en el artículo 88.2 de la LCSP, apartados b), c) y f): b) Declaración indicando el personal técnico, esté o no integrado en la empresa, del que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Se deberá acreditar el cumplimiento del siguiente requisito mínimo, consistente en que al menos uno de los responsables encargados directamente de la ejecución de las obras cuente con la titulación habilitante para ostentar la representación del empresario ante la Administración, entendiéndose como tal a aquella que le habilitaría para la redacción del proyecto o la dirección facultativa de las obras, y que acredite haberse encargado, en los últimos cinco años, de al menos la ejecución de una obra de similares características por importe igual o superior a las que son objeto del contrato. No obstante, se entenderá acreditada la solvencia del licitador que se encuentre en posesión de la siguiente clasificación: C Edificaciones. 2 Estructura de fábrica u hormigón. 1 Cuantía inferior o igual a 150.000,00 euros.

Garantías

  • Especial: 5 %
  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • No estar incurso en incompatibilidades

Códigos CPV

  • 45262311

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