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Alcaldia del Ayuntamiento de Alcalá de los GazulesExpediente: 2094/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Es objeto del presente contrato las «Obras necesarias para la ejecución de un Parque temático en el Mirador La Coracha de Alcalá de los Gazules».

Información sobre la licitación Es objeto del presente contrato las «Obras necesarias para la ejecución de un Parque temático en el Mirador La Coracha de Alcalá de los Gazules» de Alcaldia del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldia del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules, del CPV 45112700 o en Cádiz.

Organismo contratante

Alcaldia del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules

NIF: P1100100E

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Cádiz
Código NUTS
ES612

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
97.612,21 €
Importe adjudicado (con IVA)
118.110,78 €
Presupuesto base (sin IVA)
97.612,21 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
118.110,78 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 3 meses

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica.(Automático)Ponderación: 55
  • Compromiso de reducción del plazo de ejecución.(Automático)Ponderación: 45

Solvencia económica y financiera

  • En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
  • Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. La ratio entre activo y pasivo podrá tenerse en cuenta si el poder adjudicador especifica en los pliegos de la contratación los métodos y criterios que se utilizarán para valorar este dato. Estos métodos y criterios deberán ser transparentes, objetivos y no discriminatorios.
  • Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato, excepto en casos debidamente justificados como los relacionados con los riesgos especiales vinculados a la naturaleza de las obras, los servicios o los suministros. El órgano de contratación indicará las principales razones de la imposición de dicho requisito en los pliegos de la contratación o en el informe específico a que se refiere el artículo 336. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. No obstante, el órgano de contratación podrá establecer el volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo.

Solvencia técnica o profesional

  • Experiencia mínima en la ejecución de obras en espacios/dotaciones/equipamientos de carácter público, al menos al menos 3 obras en los últimos 5 años de importe igual o similar. Para aquellas empresas que tengan una antigüedad inferior a cinco años a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones, su solvencia técnica se acreditará por una declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras.
  • Serán exigibles los siguientes: a. Seguro de responsabilidad civil por importe el 100% de la obra incluido IVA, a fin cubra los siguientes conceptos afectos al ámbito de las obras: Vicios ocultos por periodo de 5 años desde la finalización del año de garantía. Mala ejecución de la obra, por defectos y daños en la misma detectados hasta un plazo máximo de 2 años a contar desde la finalización del año de garantía. b. Seguro de responsabilidad civil por importe el 100% de la obra incluido IVA, a fin cubra los siguientes conceptos como consecuencia de la ejecución de la obra: Daños materiales a cualesquiera bienes del Ilmo. Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules y a terceros, así como personales, durante la ejecución de las obras y un año más a contar desde la recepción de las mismas c. Los propios seguros de los trabajadores y maquinarias a emplear. A presentar por el licitador propuesto como adjudicatario.

Garantías

  • Provisional: 3 %
  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Códigos CPV

  • 45112700
  • 45212120
  • 45212100
  • 45000000

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