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Presidencia de la Diputación Provincial de ValenciaExpediente: 412/22/COP lic2Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Instalación de Juegos Infantiles y reajardinamiento en parque La Font en Quart de les Valls (Plan de Inversiones 2020-2021) PI/2020/1768

Información sobre la licitación Instalación de Juegos Infantiles y reajardinamiento en parque La Font en Quart de les Valls (Plan de Inversiones 2020-2021) PI/2020/1768 de Presidencia de la Diputación Provincial de Valencia. Puedes consultar otras licitaciones de Presidencia de la Diputación Provincial de Valencia, del CPV 45000000 o en Valencia/València.

Organismo contratante

Presidencia de la Diputación Provincial de Valencia

NIF: P4600000F

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Valencia/València
Código NUTS
ES523

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
53.500,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
64.735,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
57.826,44 €
Baja
7,48 %
Ofertas recibidas
4 (4 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
07/05/2024
Formalización del contrato
22/05/2024

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 45 días

Criterios de adjudicación

  • Precio(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • . El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera, atendiendo a lo establecido en el artículo 87 de la LCSP será el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos. El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato. Este volumen anual de negocios estará referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos y deberá ser de, al menos ochenta y seis mil setecientos noventa y tres euros y sesenta y seis céntimos (86.793,66 €).. Esta cantidad se obtiene por aplicación de la siguiente fórmula: Volumen anual de negocios = 1,50 x Valor estimado del contrato = 1,50 x 57.826,44 € Se considera que este criterio de solvencia económica y financiera, de los contenidos en el artículo 87, permite garantizar al mismo tiempo una aptitud suficiente por parte de los potenciales licitadores interesados en el contrato y un acceso no restrictivo de la licitación. De forma alternativa la solvencia se puede acreditar con la siguiente clasificación: Grupo: C Subgrupo:4 Categoría: 1 (Categoría Real Decreto 1098/2011 C)

Solvencia técnica o profesional

  • La solvencia técnica se acreditará mediante la relación de las obras ejecutadas por el licitador en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si ésta es inferior al valor estimado del contrato. El importe a acreditar es de cuarenta mil cuatrocientos setenta y ocho euros y cincuenta y un céntimos (40.478,51 €). Esta cantidad se obtiene por aplicación de la siguiente fórmula: IA = 0,70 x Valor estimado del contrato = 0,70 x 57.826,44€ A efectos de determinar la correspondencia entre las obras acreditadas y las que constituyen el objeto del contrato, se atenderán las obras que se incluyan en el mismo subgrupo de clasificación. Conforme al artículo 88.2 de la LCSP, el criterio para acreditar la solvencia técnica o profesional cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, consistirá en aportar una declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras. De forma alternativa la solvencia se puede acreditar con la siguiente clasificación: Grupo: C Subgrupo:4 Categoría: 1 (Categoría Real Decreto 1098/2011 C)

Garantías

  • Definitiva: 5 %
  • Especial: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

Códigos CPV

  • 45000000

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