Dirección General del Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, S.A. (INCIBE)Expediente: 108/23Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de restauración para la 4ª Asamblea Europea de la Alianza de Inteligencia Artificial
Información sobre la licitación Servicio de restauración para la 4ª Asamblea Europea de la Alianza de Inteligencia Artificial de Dirección General del Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, S.A. (INCIBE). Puedes consultar otras licitaciones de Dirección General del Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, S.A. (INCIBE), del CPV 55300000 o en León.
Organismo contratante
Dirección General del Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, S.A. (INCIBE)
NIF: A24530735
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Negociado sin publicidad
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- León
- Código NUTS
- ES413
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 66.585,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 75.955,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 67.785,00 €
- Baja
- 1,77 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 66.585,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
No se prevén prórrogas
Criterios de adjudicación
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 100
Solvencia económica y financiera
- Deberán presentarse últimas cuentas anuales que acrediten un patrimonio neto igual o superior a la mitad del capital social. A continuación se describen los criterios a aplicar para los tres lotes del contrato: Se analizarán los siguientes ratios: Para todas las sociedades de capital: El patrimonio neto tiene que ser igual o superior a la mitad del capital social, en prueba de los cual podrán aportarse las últimas cuentas anuales o extractos de las mismas. En todo caso, los licitadores que en virtud de disposiciones vigentes vengan obligados a dar publicidad a sus cuentas anuales, deberán presentar las cuentas depositadas en el Registro Mercantil. Este requisito se basa en el artículo 363 de la Ley de Sociedades de Capital: “La sociedad de capital deberá disolverse: Por pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, a no ser que éste se aumente o se reduzca en la medida suficiente, y siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso.” Conforme a lo establecido en el artículo 60.3 de Directiva 2014/24/UE del Parlamento europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014, cuando por una razón válida, el licitador noesté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por INCIBE en este Anexo I, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que INCIBE considere apropiado dentro de los previstos en el anexo XII, parte II de la Directiva.
Solvencia técnica o profesional
- El licitador incluirá documentación acreditativa de la exclusividad para prestar este servicio en la Casa América de Madrid.
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 55300000
- 55000000
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