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Gerencia de la Agencia Tributaria de SevillaExpediente: 2023/000928Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicios postales de correspondencia ordinaria para la Agencia Tributaria de Sevilla durante el ejercicio 2024/2025. Contrato reservado a Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social y a Empresas de Inserción, conforme a lo dispuesto en la Disposición adicional cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Información sobre la licitación Servicios postales de correspondencia ordinaria para la Agencia Tributaria de Sevilla durante el ejercicio 2024/2025. Contrato reservado a Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social y a Empresas de Inserción, conforme a lo dispuesto en la Disposición adicional cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público de Gerencia de la Agencia Tributaria de Sevilla. Puedes consultar otras licitaciones de Gerencia de la Agencia Tributaria de Sevilla, del CPV 64121100 o en Sevilla.

Organismo contratante

Gerencia de la Agencia Tributaria de Sevilla

NIF: P4100031F

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Sevilla
Código NUTS
ES618

Adjudicación

Adjudicado

CEDEPA, S.L.B41059650
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
152.372,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
184.370,12 €
Presupuesto base (sin IVA)
152.372,00 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
152.372,00 €
Fecha de adjudicación
06/02/2024
Formalización del contrato
05/03/2024

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 12 meses

El contrato podrá prorrogarse por un plazo máximo de 36 meses en uno o varios periodos

Criterios de adjudicación

  • OFERTA ECONÓMICA(Automático)Ponderación: 80
  • UTILIZACIÓN DE VEHÍCULOS EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DEL TIPO 0, ECO, B Ó C SEGÚN LA DGT(Automático)Ponderación: 20

Solvencia económica y financiera

  • Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de constitución o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. El volumen anual de negocio se acreditará a través de alguno de los siguientes medios, según se trate de: - Empresas (personas jurídicas) inscritas en el Registro Mercantil: mediante la presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil. - Empresas (personas jurídicas) no inscritas en el Registro Mercantil: mediante la presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro oficial en el que deban estar inscritas. - Empresarios/as (personas físicas) inscritos/as en el Registro Mercantil: mediante la presentación de los libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. - Empresarios/as (personas físicas) no inscritos/as en el Registro Mercantil: mediante las declaraciones del IVA presentadas en el período citado. - Entidades sin ánimo de lucro: mediante la presentación de los libros de contabilidad en los que consten los ingresos anuales de dicha entidad (dentro del período citado) debidamente certificados por su Secretaría. En el supuesto de personas físicas o jurídicas obligadas a presentar sus cuentas en el Registro Mercantil u oficial que les corresponda, deberán acreditarlas mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas; si no lo estuvieren, deben presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano de administración competente para ello

Solvencia técnica o profesional

  • Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, incluido el de la licitación, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos
  • Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios siguientes: Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad

Requisitos específicos

  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • No prohibición para contratar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Declaración sobre promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social
  • Contratos reservados. Reservado a Centros Especiales de Empleo, o talleres protegidos

Códigos CPV

  • 64121100

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