Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y LeónExpediente: A2020/004684Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Restauración de las pinturas murales de la ermita de Nuestra Señora de Fernandiel en Muga de Sayago (Zamora).
Información sobre la licitación Restauración de las pinturas murales de la ermita de Nuestra Señora de Fernandiel en Muga de Sayago (Zamora) de Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León, del CPV 92522200 o en Zamora.
Organismo contratante
Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León
NIF: S4711001J
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Zamora
- Código NUTS
- ES419
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 170.263,80 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 206.019,19 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 200.310,35 €
- Baja
- 15 %
- Ofertas recibidas
- 7
- Oferta más baja – más alta
- 155.801,39 € – 174.000,00 €
- Fecha de adjudicación
- 20/10/2020
Documentos
- PCAPPliego de clausulas administrativas particulares - PCAP v001.pdfAbrir original
- PPTPliego prescripciones tecnicas - PPT v001.pdfAbrir original
- AnexoProyecto intevencion_4684.pdfAbrir original
- AnexoProyecto iluminacion_4684.pdfAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 10 meses
Criterios de adjudicación
- Oferta económicaPonderación: 38
- Propuesta de tratamientos específicos a realizar que caracterizan la intervención y la patología del bien, estableciendo prioridadesPonderación: 16
- Ampliación del plazo de garantíaPonderación: 12
- Experiencia específica del responsable de ejecución que propone la empresa en trabajos de relevancia sobre el patrimonio calificado como bien mueble en los últimos 10 añosPonderación: 8
- Mejoras de alcance relativas al propio bien a intervenirPonderación: 8
- Ampliación del equipoPonderación: 6
- Racionalización o mejora de las infraestructuras y medios auxiliaresPonderación: 6
- Propuesta de medios de difusiónPonderación: 6
Solvencia económica y financiera
- Se acreditará por uno de los siguientes medios: 1.- Volumen anual de negocio referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles por un importe igual o superior a 100.155,18 €, IVA excluido 2.- Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por un importe igual o superior a 201.000 €. Este seguro cubrirá los posibles riesgos de daños personales y materiales en el ejercicio de la profesión y deberá estar vigente en el momento de finalización del plazo de presentación de ofertas, aportando además el compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá también cumplido por el licitador que aporte un compromiso vinculante de suscripción de este seguro condicionado a que su oferta sea propuesta como adjudicataria; en caso de resultar adjudicataria el compromiso deberá hacerse efectivo en el plazo de diez días hábiles a requerimiento del órgano de contratación, debiendo presentar la póliza debidamente suscrita. Si el licitador fuere persona jurídica, la entidad habrá de ser la tomadora del seguro.
Solvencia técnica o profesional
- Se deberán aportar las titulaciones oficiales o currículum en su caso, exigidas a los miembros del equipo mínimo responsable de la ejecución del contrato. Según PCAP.
- Adscripción de medios personales o materiales específicos a la ejecución del contrato conforme a lo dispuesto en el art. 76.2 y 3 LCSP Adscripción a la ejecución del contrato de los siguientes medios personales suficientes (EQUIPO MÍNIMO) a).- UN RESPONSABLE DE EJECUCIÓN, profesional que firma el proyecto y coordina el desarrollo del servicio con titulación de Restaurador. b).- UN JEFE DE EQUIPO, profesional que coordina los trabajos de ejecución “in situ” con titulación de Restaurador. Puede coincidir con el puesto de Responsable de Ejecución. Esta prestación no es susceptible de subcontratación. c).- TRES RESTAURADORES. Esta prestación no es susceptible de subcontratación. Se acreditará titulación oficial. Según PCAP.
- -Relación de los principales servicios realizados, en el ámbito objeto del contrato, en los últimos tres años, por un importe total acumulado no inferior a 200.310,36 € (IVA excluido), que incluya importes, fechas y destinatario público o privado. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El adjudicatario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado un importe superior a 67.000,00 €, (IVA excluido). A EFECTOS de determinar la correspondencia entre los servicios acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a aquellos que se incluyan en el grupo y subgrupo de clasificación, cuando exista clasificación aplicable; y en los demás casos a los coincidentes con los tres primeros dígitos del CPV del presente contrato.
- Acreditación Solvencia Técnica o profesional para empresas de nueva creación (artículo 90.4 de la LCSP) Las empresas de nueva creación, conforme a lo dispuesto en el artículo citado, acreditarán su solvencia técnica por uno de los medios establecidos, excepto el indicado en la letra e) al exigirse adicionalmente adscripción de medios personales a la ejecución del contrato.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Códigos CPV
- 92522200
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