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Presidencia de la Diputación Provincial de JaénExpediente: CO-2025/002080Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro de combustible de calefacción para la Diputación Provincial de Jaén

Información sobre la licitación Suministro de combustible de calefacción para la Diputación Provincial de Jaén de Presidencia de la Diputación Provincial de Jaén. Puedes consultar otras licitaciones de Presidencia de la Diputación Provincial de Jaén, del CPV 09134000 o en Jaén.

Organismo contratante

Presidencia de la Diputación Provincial de Jaén

NIF: P2300000C

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Jaén
Código NUTS
ES616

Adjudicación

Formalizado

ENERPLUS,S.L.UB14343586
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
0,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
0,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
150.000,00 €
Baja
100 %
Ofertas recibidas
4 (4 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
0,00 €
Fecha de adjudicación
19/05/2026
Formalización del contrato
17/06/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

Modificaciones: SI. Posibilidad de modificación de un 20 %. Ver Apartado 31 del Anexo I del PCAP.

Si. Posibilidad de prórroga de 2 años, prorrogables por periodos anuales. Ver Apartado 11 del Anexo I del PCAP.

Criterios de adjudicación

  • Descuento sobre precio(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • Artículo 87. 1.a) LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: El empresario acreditará un volumen anual de negocios por importe igual o superior a 75.000,00 €, IVA excluido. El volumen anual de negocio estará referido al año de mayor volumen de los tres últimos concluidos. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Solvencia técnica o profesional

  • Artículo 89. 1 a) LCSP: Relación de los principales suministros realizados; de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: La acreditación se realizará mediante la relación de los principales suministros efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en el sector público o privado, que incluya importes y fechas. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución será igual o superior a la cantidad de 75.000,00 euros IVA excluido. El criterio para la acreditación será el de la experiencia en la realización de suministros de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia la equivalencia en el código CPV - 09134000-7 Gasóleos, por un importe igual o superior a 75.000,00 € (IVA excluido), según redacción otorgada por el RD 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del RGLCAP.
  • a) Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales y/o materiales: SI. El adjudicatario designará al menos un consejero de seguridad encargado de contribuir a la prevención de los riesgos para las personas, los bienes o el medio ambiente inherentes a las operaciones de descarga. Deberá facilitar el nombre y formación del Consejero de Seguridad.Es obligación contractual esencial. No obstante, a efectos de concurrir en la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable del ANEXO VIII. Ver Apartado 15 del Anexo I del PCAP.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Declaración sobre personas con discapacidad

Códigos CPV

  • 09134000

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