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Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de CaspeExpediente: 7075/2023Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro de material informático 2023

Información sobre la licitación Suministro de material informático 2023 de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Caspe. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Caspe, del CPV 30200000 o en Zaragoza.

Organismo contratante

Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Caspe

NIF: P5007400D

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Zaragoza
Código NUTS
ES243

Adjudicación

Formalizado

Redmatica S.L.B90249491
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
19.983,47 €
Importe adjudicado (con IVA)
24.180,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
21.487,60 €
Baja
7 %
Ofertas recibidas
4 (4 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
19.983,47 € – 21.021,32 €
Fecha de adjudicación
18/12/2023
Formalización del contrato
18/12/2023

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 5 meses

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 80
  • Plazo de entrega(Automático)Ponderación: 20

Solvencia económica y financiera

  • Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 30.000 euros el cual deberá estar vigente a la finalización del plazo para la presentación de las ofertas y compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, o bien póliza o la propuesta de dicho seguro, que cubra como mínimo, el importe señalado. Si se presenta propuesta de seguro, una vez clasificadas las empresas, el licitador que sea propuesto como adjudicatario deberá aportar la póliza del mismo con carácter previo a la adjudicación. El importe señalado se halla motivado en la finalidad para la que se contrata el alquiler objeto del presente que es la celebración de espectáculos musicales y la necesidad de cumplir con la legislación aplicable en materia de espectáculos y aforos previstos en las mismas.
  • Mediante declaración del volumen anual de negocios referida a los tres últimos años (2020, 2021 y 2022) en el ámbito al que se refiere el contrato. El criterio mínimo de solvencia exigido: que el importe declarado sea igual o superior al 100 % del importe anual del contrato (26.000 €). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Se puntualiza que por volumen anual debe entenderse el importe neto de la cifra de negocios que figura en la cuenta de pérdidas y ganancias indicados en los modelos reglamentarios de las cuentas anuales establecidos en la legislación mercantil. Este requisito podrá ser igualmente acreditado por medio de certificado del importe neto de la cifra de negocios expedido por la Agencia Tributaria

Solvencia técnica o profesional

  • Una relación de los principales suministros del mismo tipo o naturaleza al del objeto de presente contrato realizados en los últimos tres años (2020, 2021 y 2022) que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El criterio mínimo de solvencia exigido: Realización de suministros similares al objeto del contrato, en el mejor ejercicio de los tres anteriormente señalados, por importe acumulado igual o superior al importe anual del contrato (26.000 € I.V.A. incluido).

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 30200000

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