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Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de MadridExpediente: 300/2025/02487Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato de servicios de consultoría y asistencia técnica para la identificación de las zonas de riesgo por inundaciones generadas por escorrentía urbana no asociada a cauces o por infraestructuras urbanas en el ámbito territorial de la Ciudad de Madrid.

Información sobre la licitación Contrato de servicios de consultoría y asistencia técnica para la identificación de las zonas de riesgo por inundaciones generadas por escorrentía urbana no asociada a cauces o por infraestructuras urbanas en el ámbito territorial de la Ciudad de Madrid de Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid. Puedes consultar otras licitaciones de Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid, del CPV 90711100 o en Madrid.

Organismo contratante

Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid

NIF: P2807900B

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
40.792,20 €
Importe adjudicado (con IVA)
49.358,56 €
Presupuesto base (sin IVA)
49.746,58 €
Baja
18 %
Ofertas recibidas
5 (5 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
16/03/2026
Formalización del contrato
20/03/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 8 meses

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 35
  • Mejora Técnica: Elaboración de la sistematización o procedimiento para la activación de PAINUNAM: hasta 25 puntos(Automático)Ponderación: 25
  • Memoria ténica(Juicio de valor)Ponderación: 25
  • Reducción del plazo de ejecución hasta 15 puntos(Automático)Ponderación: 15

Solvencia económica y financiera

  • Artículo 87.1 de la LCSP: Apartado a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Volumen anual de negocios del licitador o candidato, exclusivamente en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos ejercicios concluidos a contar desde la publicación efectiva del PCAP, excluyendo trabajos que se hayan ejecutado en el propio año en curso, que deberá ser igual o superior a: 74.619,87 euros (IVA EXCLUIDO).. Dicho importe corresponde a una vez y media el valor estimado del contrato. Medio de Acreditación: Se entenderá acreditada por aquellos licitadores que presenten declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen global de negocios de la empresa de los 3 últimos años disponibles en función de la fecha de constitución o inicio de actividad y de presentación de las ofertas.

Solvencia técnica o profesional

  • Artículo 90.1 de la LCSP: Apartado: e) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Títulos académicos y profesionales del responsable de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma. Medio de Acreditación: El licitador propuesto como adjudicatario deberá presentar títulos académicos de las personas que tiene previsto adscribir a la ejecución del contrato La solvencia técnica se acreditará mediante los medios indicados, también en el caso de que el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años y todo ello en cumplimiento del apartado 4 del artículo 90 de la LCSP, en cuya virtud: “En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.”

Garantías

  • Especial: 1 %
  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 90711100
  • 79417000
  • 71317000

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